LA ENTIDAD LOCAL VOLVIO A SENTAR POSICION SOBRE EL TEMA

Reclama ADA Junín solución definitiva para los deudores hipotecarios

Pronunciamiento ante la inminencia del estudio legislativo de una ley analizando una prórroga para evitar los remates.

El próximo 11 de octubre, en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, se estudiará la prórroga de la ley 13.390, indicó un documento de ADA Junín, que firma el contador Horacio Ferrá.

Como se recordará -continúa el texto- esta ley prorrogó por 365 días la ley 13.302 y suspendió los remates en todo el ámbito de nuestra provincia.

La ley establecía que para estar comprendido en la prórroga, debían cumplirse ciertos requisitos: -el bien comprometido debía ser una vivienda única, familiar y de ocupación permanente; - la valuación fiscal de dicho bien tenía que ser inferior a $ 90.000.-y el crédito debía haberse tomado para compra, construcción o refacción o ampliación de la vivienda. Agregaba que, en caso de fuerza mayor (pérdida de trabajo, discapacidad del deudor titular o causa similar), no se tendría en cuenta el origen de la deuda.

Los plazos acordados por la ley 13.390 vencen el próximo día 16 de noviembre.

Desde septiembre de 2002, ADA Junín está trabajando -solidaria, gratuita y desinteresadamente, en pos de hallar una solución definitiva al problema de endeudamiento que afecta a miles de familias, de nuestra ciudad y la zona, que se atrevieron a soñar con la vivienda propia.

Antes de diciembre 2001 el país nos prometía estabilidad, los Bancos aseguraban que sus créditos eran accesibles y seguros, y los ciudadanos confiaron y tomaron créditos. Luego la economía se desmoronó y los pagos exigidos fueron imposibles de afrontar. A pesar de la voluntad de cumplimiento de los deudores, los Bancos se negaron sistemáticamente a dar soluciones viables. Y, a cinco años, todavía no se resuelve el problema.

A lo largo de estos años, muchas familias perdieron su casa, y esto ha traído aparejado problemas de salud, de trabajo y, sumidos en la desesperanza, muchos hogares se destruyeron.

Una solución real y definitiva es imprescindible y urgente

El gobierno -prosigue ADA Junín- reconoce que la falta de vivienda es un grave problema social y se preocupa y ocupa por dar acceso a la casa propia. Sin embargo, en contradicción con esta acción social, no define una ley viable, que comprenda a la totalidad de los deudores, y que permita a los que ya tienen su vivienda, a los que ya han pagado por ella, conservarla.

Cómo pretender que ciudadanos aún no endeudados, que quieren progresar pero no ser estafados, acepten tomar nuevos créditos? Cómo creer en un sistema financiero que, ante una crisis económica nacional, actúa como si no fuera  parte del país y pretende seguir teniendo ganancias altísimas, aunque informe con orgullo que su disponibilidad monetaria ha aumentado considerablemente?

El crédito es la gran herramienta para el progreso. Los argentinos debemos poder volver a creer en él. Pero para ello, las reglas deben ser claras. Y no lo son.

A los posibles futuros tomadores de crédito se los está alentando a creer que el acceso a la casa propia es posible, que el crédito es seguro, mientras que a los que tienen un créditos tomado se los mantiene endeudados, con riesgo de perder la vivienda, en un permanente estado de inseguridad creciente.  

Porque este problema es de la sociedad en su conjunto, ADA Junín ha convocado a toda la población, esté o no implicada, directa o indirectamente, en el tema de los deudores hipotecarios, para que solicite, vía correo electrónico, correo postal, telefónica o personalmente, a nuestros diputados provinciales, que prorroguen por un año más la suspensión de los remates y se comprometan a tratar y promulgar, en lo inmediato, una ley que resuelva justa, equitativa y definitivamente esta problemática.

Quince puntos

Asimismo, ADA Junín hace de público conocimiento los puntos sobre los cuales se viene trabajando y que constituyen la base de la propuesta:

1.- Promulgar una ley que dé solución a todos los deudores hipotecarios que hayan tomado su crédito antes de diciembre 2001, dado que la economía argentina comenzó a deteriorarse a mediados de la década de los ’90 y fueron las familias de menores recursos las que se vieron afectadas inmediatamente.

2.- Incluir también a aquellos deudores que comprometieron su vivienda al garantizar con ella un crédito tomado para generar una actividad productiva.

3.- Incluir también a aquellos deudores que con gran esfuerzo han conseguido seguir pagando sus cuotas y hoy están al día con sus pagos, pero no saben hasta cuándo podrían seguir haciendo frente a sus obligaciones.

4.- Reglamentar los casos especiales, por ejemplo el de aquellos deudores que tienen en riesgo su vivienda por avalar con ella un crédito tomado para la compra de bienes de utilidad pública.

5.- Elevar el monto de la valuación fiscal de las viviendas en riesgo a $ 200.000.-, visto la sobre-valuación de los inmuebles.

6.- Dar igual tratamiento al acreedor y al deudor: uno debe poder cobrar y el otro debe poder pagar. Para ello es fundamental determinar claramente un mecanismo viable basado en el recálculo de la deuda y la determinación de cuotas que permitan cancelar el crédito de acuerdo a la capacidad de pago del deudor (y sin que superen el 15% de sus ingresos).

7.- Recalcular cada una de las deudas tomando la deuda original (cualquiera sea la fecha en que se contrajo), aplicando sobre ella una tasa de interés directo del 4% y descontando del monto, así obtenido, lo pagado por todo concepto.

Determinar así la deuda real a la fecha de reiniciar los pagos. 

8.- No aplicar sobre las deudas ningún índice de actualización (ni CER ni CVS) ni interés sobre interés (anatocismo). Definir un mecanismo de pago especial, diferente a cualquiera de los sistemas existentes (francés, alemán, etc), vista la perversidad de los mismos.

9.- Que la deuda reclamada no exceda la valuación fiscal de la propiedad afectada.

10.- Que los gastos y honorarios que se generaron o se generen en el proceso de normalización de la situación de los deudores hipotecarios, como así también los gastos por gestiones judiciales generados en las causas judiciales por remate, sean absorbidas por el Estado Nacional, ya que es responsable de la debacle económica del país.

11.- Que la ley contenga a todos los deudores, es decir que tanto los acreedores privados como los bancos, incluso el Banco Hipotecario (deudores de la preconvertibilidad), no puedan negar a ningún tenedor de crédito hipotecario acceder a los beneficios de esta ley.

12.- Derogación de la ley nacional de subasta: Nº 21.799 art. 29.

13.- Desafectar a los deudores hipotecarios de cualquier tipo de sistema de información financiera (Veraz, etc).

14.- Respetar los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional que contemplan el derecho a una vivienda digna.

15.- Apertura de créditos blandos para todas las familias cuya vivienda fue rematada.

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