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LOS MENORES Y EL DELITO

Llegan dos causas por día en promedio al Fuero Penal Juvenil de nuestra ciudad

El sistema funciona desde noviembre e implica importantes cambios. Todo lo que hay que saber.

La relación entre los menores y el delito es tan vieja como la Revolución Industrial, pero nunca deja de preocupar. El año pasado, el sistema judicial  bonaerense inauguró una profunda reforma para tratar esa problemática: el Fuero Penal Juvenil.
En Junín funciona desde noviembre y el trabajo hasta ahora no es poco. “Por mes manejamos poco más de sesenta causas. Son aproximadamente 300 desde que comenzamos hace cinco meses”, precisó José Elías Alvite Galante, fiscal penal juvenil.
Sin embargo, según el magistrado, la participación de los menores en robos calificados es bajo. “Es del uno por ciento aproximadamente. Y, en general, están acompañados por un mayor de edad”, agregó.  
Los números explican sólo en parte la puesta en marcha del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. Es que hubo cambios sustanciales en procesos que involucran a personas de entre 16 y 18 años.


Los cambios

Durante muchos años, la Justicia se manejó con la Ley 10.067 que se conocía como la del Patronato de Menores. “Era una norma de sistema tutelar que atribuía al Juez de menores todas las facultades para intervenir en causas penales, asisten-ciales, civiles y de familia, disponiendo de la privación de la libertad de un menor por cualquiera de estas cuestiones”, explicó.  
“Eso generaba una situación de arbitrariedad total por parte del Juez y no porque el magistrado fuera malo, sino porque que tenía esa atribución”, detalló.
Luego de que la Argentina suscribiera el Pacto Internacional de los Derechos del Niño, comenzaron las discusiones para rever la norma, que derivaron en la Ley Nacional de Protección Integral del Derecho de Niños y Jóvenes, que es la que “le reconoce a los menores en conflicto con la ley, las mismas garantías que  a un mayor y con un plus por el hecho de que son jóvenes en desarrollo”.
Muchos fueron los cambios implementados a partir de entonces. “El menor en infracción tiene un fiscal que va a acusar, un defensor oficial y un Juez que les brindan todas las garantías del debido proceso”, explicó Alvite Galante.
A su vez, separan las aguas por primera vez: no se mezcla más a un menor por infracción por una ley penal con un menor con una cuestión asistencial o por abandono, que siguen bajo el ámbito de los juzgados de Familia.
“Antes se generaba una situación de injusticia total. Por ejemplo, un menor,  por el solo hecho de estar en una situación de abandono estaba internado en Instituto con otro menor en infracción por el catálogo penal”, gra-ficó.  

Polémica

Uno de los aspectos más polémicos de la norma tiene que ver con el encierro. “La ley tiene como regla general la no prohibición de la libertad. Lo que se trata es de no sacar al menor de su núcleo familiar, por el contrario”, dijo Alvite Galante.
Y es en este punto donde juega un papel fundamental el Juzgado de Familia con quienes “obligadamente tenemos que estar en contacto por cuestiones técnicas”.
En ese sentido, muchas veces hay trabajo mancomunado entre la fiscalía, la defensoría, el juzgado de Familia y el de Responsabilidad Penal Juvenil, que están comprometidos con la problemática del joven.
La izquierda y la derecha siempre han discutido si el menor que delinque es víctima y victimario. “Muchas veces se dan las dos cosas. Son víctimas de una realidad que reciben desde el primer minuto de vida, pero ello no justifica que no sean pasibles de un proceso penal”, dice Alvite Galante.

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