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BOLETÍN OFICIAL

Suspenden por 180 días más la movilidad jubilatoria nacional

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de la aplicación de la movilidad jubilatoria para ajustar los haberes previsionales. Se hizo a través del decreto 542/2020 publicado ayer en el Boletín Oficial.
El decreto precisó que durante este período el Poder Ejecutivo determinará el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general “con el fin de preservar el poder adquisitivo de estos, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios y las beneficiarias de menores ingresos”.
“Ante la realidad impuesta por la pandemia de coronavirus se torna sumamente difícil ya no solo construir una fórmula de movilidad seria, razonable y perdurable, sino prever o predecir cómo se comportarán las variables económicas en los próximos meses, de modo tal de determinar a priori pautas serias para fundamentar técnica, económica y políticamente los ajustes trimestrales”, precisó el decreto.
La Ley 27.541 de Emergencia Pública, de diciembre del año pasado, suspendió por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria y estableció que dentro del mismo plazo el Poder Ejecutivo debía convocar a una comisión para que propusiera un proyecto de ley de movilidad de los haberes previsionales que “garantizara una adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios y de las beneficiarias del sistema en la riqueza de la Nación”.
El decreto explicó que la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus “ha impactado en la recaudación de los recursos de la seguridad social, en las remuneraciones al trabajo y en la evolución de los precios al consumidor, y tornan inciertos los indicadores o parámetros más relevantes utilizados para establecer una metodología rigurosa de cálculo con el fin de determinar la movilidad de los haberes previsionales”.
Asimismo, indicó que “en términos de actividad económica, el impacto de la pandemia y el aislamiento social establecido están produciendo una importante contracción, lo que también repercute en la recaudación nacional”.
Añadió que “la tasa de inflación mensual frente a esta coyuntura de restricciones, pierde parte de su capacidad informativa sobre una canasta de consumo cuya composición se ve severamente alterada en las actuales circunstancias”.

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