PROHIBICION DE FUMAR

Se viene la ley antitabaco

La Cámara de Diputados bonaerense aprobaría hoy el proyecto de ley antitabaco que prohibe fumar en todos los espacios cerrados -tanto públicos como privados- y prevé la aplicación de millonarias multas para quienes no respeten la veda. En cambio, no habría sanciones para los fumadores.

El proyecto que sería sancionado en la sesión de esta tarde -y luego deberá ser debatido por el Senado- prohibe, además, la venta de cigarrillos en los medios de transporte de pasajeros, museos, clubes, cines, teatros y estadios, así como cualquier otro lugar público.
La "tolerancia cero" al consumo de cigarrillos restringe casi por completo la publicidad del tabaco, o cualquiera de sus productos derivados, en territorio bonaerense. Además de las restricciones, prevé la puesta en marcha de programas de ayuda para los fumadores.
La iniciativa que sería aprobada hoy cuenta con despacho favorable de las comisiones de Prevención de las Adicciones de Diputados, que preside Sebastián Cinquerrui (Coalición Cívica), y de Salud, que encabeza Juan De Jesús (FpV-PJ) y modifica el proyecto sancionado en abril por el Senado. Ese texto es más flexible, ya que permite a los comercios habilitar zonas para fumadores "debida y visiblemente señalizadas". Pero los diputados modificaron el proyecto y eliminaron por completo la posibilidad de fumar en espacios cerrados.

Restricción total

El proyecto redactado por los diputados prohibe el consumo de tabaco en "todos los edificios públicos, tengan o no atención al público; lugares de trabajo en general; lugares privados de acceso al público, cualquiera sea su finalidad; los medios de transporte de pasajeros cualquiera sea su tipo y distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción provincial".
También prohíbe "la venta, promoción, exhibición o entrega a título gratuito de productos elaborados con tabaco en establecimientos educativos, públicos o privados, de todos los niveles; establecimientos sanitarios, públicos o privados; medios de transporte de pasajeros de todo tipo; museos, clubes, salas de espectáculos públicos como cines, teatros, estadios, así como cualquier otro lugar público; y en todos los edificios públicos".
Además, impide la comercialización a menores de 18 años y otorga un plazo de un año para que sean sacadas del mercado las máquinas automáticas expendedoras de productos elaborados con tabaco.

Publicidad vedada

En caso de que se convierta en ley el proyecto impulsado por los diputados, se prohibirá a los fabricantes, productores, comerciali-zadores y distribuidores de este tipo de productos realizar el auspicio y patrocinio de todo tipo de actividad o eventos deportivos, recreativos o culturales; así como publicitar sus productos por cualquier medio, incluyendo la indumentaria, en el interior de espacios destinados a actividades deportivas, recreativas o culturales. También prohíbe la publicidad en la vía pública, estática o dinámica, o bajo cualquier otra modalidad, de productos elaborados con tabaco, o el uso de marcas registradas, nombres o razón social del fabricante.
Dispone, además, que la publicidad de los productos elaborados con tabaco sólo podrá realizarse en el interior de los lugares de venta de los mismos o en las publicaciones comerciales y técnicas destinadas exclusivamente a personas o instituciones vinculadas directamente con la industria del tabaco.

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