Quiénes estarán alcanzados

De acuerdo al proyecto oficial, estarán alcanzadas por el impuesto a los Ingresos Brutos las siguientes actividades:
-El acceso y descarga de imágenes, texto, información videos, música y juegos. Se aclara puntualmente que se incluye la descarga de películas y otros contenidos audiovisuales.
-Los servicios de clubes en línea y webs de citas.
-La concesión el derecho a comercializar un bien o servicio de un sitio de internet que funcione como un mercado en línea.
-Los servicios de software y el mantenimiento a distancia, en forma automatizada, de programas y equipos.
-El suministro y alojamiento de sitios informáticos y páginas web, así como cualquier otro servicio consistente en ofrecer o facilitar la presencia de empresas o particulares en una red electrónica.
Así, no sólo quedarían gravados servicios como Netflix y Spotify. También otras prestaciones del segmento on line, tales como antivirus, aplicaciones pagas de la tienda de Google Play y iOS, servicios de streaming de videojuegos, suscripciones como Xbox Live o PlayStation Network, o de almacenamiento como Dropbox, Drive de Google, OneDrive de Microsoft o iCloud de Apple.
A esa lista habría que sumar a Amazon, una compañía de comercio electrónico y servicios de computación. También, otras plataformas como Airbnb o Booking, Apple y Alibaba.

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