VOTAN LOS ESTUDIANTES Y LOS NO DOCENTES

Elecciones en dos claustros en la UNNOBA

Elegirán sus representantes en la Asamblea Universitaria y el Consejo Superior.

La votación, en la que deberán participar todos los alumnos y el personal no-docente, se llevará a cabo entre el miércoles 9 y el viernes 11 de abril en las sedes de Junín y Pergamino.
La Asamblea Universitaria y el Consejo Superior son los dos órganos colegiados más importantes que, junto al Rector, tienen a cargo la administración y el gobierno de la Universidad. Ambos órganos están compuesto por 4 claustros que representan a los distintos integrantes de la comunidad universitaria: profesores, auxiliares, estudiantes y no-docentes. Mientras los mandatos de profesores y auxiliares duran 4 años, los de estudiantes y no-docentes, 1 año. Por ese motivo es que este año se eligen representantes de alumnos y empleados, y no de docentes.
En el caso de los estudiantes, se eligen 4 representantes de la Asamblea Universitaria y 3 para el Consejo Superior. En el caso de los no-docentes, 1 representante para cada uno de los órganos colegiados. En rigor, la representación de estudiantes y profesores en el gobierno universitario es uno de los legados más importantes de la Reforma Universitaria de Córdoba de 1918. El sistema denominado “co-gobierno” -que implica que las decisiones centrales para la vida institucional son tomadas por la misma comunidad universitaria- influyó en las universidades que existían en Argentina en aquel entonces (después de Córdoba: La Plata , Buenos Aires, Tucumán y Litoral o Santa Fe) y constituyó un antecedente para las universidades que se crearían después. A su vez, determinó influencias en el resto del mundo, especialmente en otros países de Latinoamérica. De hecho, la declaración de la Cumbre de Educación Superior de la UNESCO , que reunió a más de 4.500 representantes de universidades de todo el mundo, postula que la universidad de este siglo debe promover la participación de los estudiantes en cuestiones relativas a la enseñanza, la elaboración de políticas y la gestión de establecimiento: lo que reclamaban los refor-mistas de Córdoba 90 años antes.
Concretamente, tras la Reforma Universitaria los sistemas de gobierno de las universidades nacionales argentinas pasaron a incluir órganos específicos en los que los estudiantes y profesores estaban representados, y definían en conjunto y a través del consenso cuestiones relativas a política universitaria, académica, de investigación, la vinculación de institución con la comunidad. Después del retorno de la democracia (1983), paulatinamente muchas universidades van llevando adelante una nueva reforma en sus estatutos para que el personal no-docente comience a tener representación también en el gobierno. Si bien existen algunas universidades que no contemplan a estos actores en sus sistemas, muchas sí los reconocen como un claustro que también debe opinar y tomar posiciones respecto de la dirección que ha tomado o debe tomar la organización. En este último caso, existen dos posturas: universidades nacionales argentinas donde los representantes no-docentes tienen voz y voto en uno o ambos órganos de gobierno; y universidades en los que el personal tiene sólo voz (pero no voto) en uno o ambos órganos de gobierno. Según figura en el Estatuto de la UNNOBA -que puede leerse en www.un-noba.edu.ar/institucional, las atribuciones centrales de la Asamblea son: modificar el estatuto universitario, elegir al rector (cada 4 años) y resolver su renuncia, suspender al rector por causa justificada y dictar el reglamento del Estatuto. En el caso del Consejo Superior, sus funciones son mucho más amplias y están vinculadas con cuestiones académicas, de investigación, de extensión.

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