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PUNTO DE VISTA

Una estrategia legal para evitar el default

Frente al inminente riesgo de default existe para nuestro país una estrategia alternativa que el Gobierno parece no haber manejado y que sorprende que no se lleve adelante.
Esta es la consignación judicial de los pagos correspondientes al 92 % de los bonistas, que debería concretarse ante otro juez o tribunal y no ante Griesa, que, como se sabe, pretende tener jurisdicción sobre terceras personas que no han sido parte en la relación, ni el conflicto o juicio, entre el Estado y los denominados fondos buitre.
Esta sería la única estrategia legal, pues permitiría la intervención de los actuales titulares de bonos que han sido excluidos.
Como se sabe, el pago por consignación judicial y ante la imposibilidad de otra vía, tiene efecto legal frente a los tenedores nuevos y el mundo -si se realiza correctamente-, y no se podría hablar de incumplimiento o default.
Lo cierto es que quien paga judicialmente en tiempo y forma, lo que hace es entregar efectivamente los fondos y los da en calidad de pago, quedando los mismos a la orden de un juez, porque le es negada la vía contractual pactada y, de ese modo, obtiene una sentencia retroactiva al momento del pago que en caso de ser correcto, lo declara como tal. En dicho proceso deberán tener intervención los bonistas titulares del 92%, los legítimos acreedores. Si estos se niegan a recibirlo, son ellos los que incumplen.
Además, el pago por consignación ante otro juez, al que le son puestos los fondos a su orden en una cuenta judicial, no en el sistema ordinario financiero, no puede ser embargado ni bloqueado por Griesa, como lo hizo con el agente financiero al que le ordenó devolver la plata.
Hoy se le paga inválidamente a un agente financiero, el Banco de Nueva York, pues el juez nos ordena a ambos retrotraerlo.
Esto podría interpretarse como voluntad de pago -es la estrategia oficial actual- pero legalmente no es el pago en sí mismo y el juez ya lo declaró improcedente. Esta estrategia, por lo tanto, es insuficiente y extremar todos los medios para cumplir, está legalmente previsto justamente a través de la consignación judicial. Este debe ser, entonces, el camino y los acreedores legítimos nada podrán objetar.
La singular interpretación del juez neoyorquino de sostener que igual tratamiento significaría pagarles el 100% a los buitres a la par que se le paga al resto con quita y en cuotas, de acuerdo a pautas nuevas acordadas con los tenedores de los nuevos títulos, es absolutamente absurda e ignora varias cuestiones. Primero, la relación contractual con los buitres es de acuerdo al título caído o defaulteado, en tanto la relación con los acreedores reestructurados es de acuerdo a un nuevo título. Son dos elaciones legales y contractuales diferentes.
Este nuevo compromiso tiene como condición no tratar mejor a los que no lo aceptaron (cláusula RUFO). Ahora un juez no puede obligar a tratarlos peor, cuando no han sido parte en este juicio (este tema merece un capítulo aparte, porque si finalmente se cumpliera la orden de Griesa no se estaría voluntariamente otorgando mejores condiciones sino acatando una sentencia, pero eso sería otra discusión).
Cuando los denominados fondos buitre reclaman el pago del título en default, plantean una demanda entre el Estado y ellos y respecto de aquellas obligaciones caídas.
En este juicio no han sido parte los acreedores reestructurados, tenedores de un nuevo título, por ello mal puede Griesa condicionar el pago a los mismos. La interpretación de que la cláusula de igual tratamiento para que los acreedores tenedores del título original –importaría que estos cobren todo mientras los otros reciben un pago parcial-, es absurda. Mientras habla de tratamiento igualitario obliga a un pago diferenciado y mientras sostiene que están en igual plano, ignora que ambos grupos de tenedores se rigen por obligaciones contractuales diferentes.
Esta discusión compleja ante Griesa ya está perdida, y difícilmente se admita enteramente a través de un nuevo fallo, el error de fondo.
Ahora se está desesperadamente tratando a través de un nuevo pronunciamiento (stay o amparo), que el mismo Griesa permita de algún modo eludir su propio fallo. Aunquese logre, aunque sea en parte, se estará siempre dentro de la lógica impuesta por el juez y de acuerdo a su interpretación y pautas.
Sería más lógico plantear ante otro juez y solicitando la intervención del 92% restante, el pago a estos y de acuerdo con la relación contractual, legal y vigente con los mismos, -ajena a los buitres-. No sólo sería más lógico desde cualquier punto de vista, sería la vía legal, pues la relación contractual con ellos debe dirimirse con los mismos.
El fallo de Griesa pretende impedir que se cumpla con terceras personas o restarle validez y vigencia a lo acordado con el 92%, que no se ha sometido a su jurisdicción y no es parte.
El país debe pedirle a otro juez que resguarde los derechos de los actuales bonistas, a quienes otro magistrado, al que no se han sometido ni los ha escuchado, les impide cobrar sus créditos de acuerdo a lo pactado. El nuevo juez debe impedir la extralimitación del otro, que pretende extender su fallo a relaciones ajenas a los litigantes. Argentina estaría cumpliendo en forma legal.
Esta alternativa de la consignación, además, debilitaría efectivamente la actual posición de los fondos buitre a quienes se le podrían hacer propuestas sin el actual condicionamiento.


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