Después del 1 de abril se avizoran cambios en las tarifas de luz y gas.
Después del 1 de abril se avizoran cambios en las tarifas de luz y gas.
CONSUMO ENERGÉTICO

Aún rigen las tarifas sociales en la luz y el gas, pero en abril llegan los aumentos

A medida que avanzan las audiencias públicas para evacuar las posturas de las empresas en materia de electricidad y gas, desde la Secretaría de Energía afirman que todo seguirá sin cambios hasta el 1 de abril del corriente año, cuando posiblemente se anuncie la Canasta Básica Energética.

Mientras todavía rige, y de hecho se puede tramitar, la tarifa social para descuentos en los consumos de electricidad y gas natural, se prevén los cambios que pueda decidir el gobierno nacional, a través de su Secretaría de Energía, a partir del próximo 1 de abril.

Al ser consultada por Democracia, la doctora Alejandra Tomassone, de la OMIC, adelantó que el 9 de enero último se hizo la audiencia pública por las tarifas en el servicio de gas natural, mientras que la referente a energía eléctrica será el 26 de enero, y la de Transporte, el 29 de enero.

“Todavía  nada está definido, hasta el 1 de abril se mantiene todo como está – manifestó-. Por lo pronto, el Gobierno, a través del secretario de Energía, hizo saber que hasta el 1 de abril se mantiene todo como está, luego saldrá quizás una nueva escala de subsidios y demás, que se va a llamar Canasta Básica Energética, pero no sabemos cómo se va a instrumentar”.

Respecto a la audiencia pública, donde se plantean las diferentes posturas de las empresas, gobierno y representantes de consumidores, pasadas las mismas el Enargas  (gas) y Oceba (energía) determinarían las nuevas tarifas, si así se accede, según lo explicó la doctora Tomassone a Democracia.

 

Tarifa social

La tarifa social de luz y gas  en este incipiente 2024 todavía puede ser solicitada. Está dirigida a jubilados y pensionados, personas con discapacidad, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y aquellos que reciben la asignación por desempleo.

Un dato a tener en cuenta, es que se deben solicitar cada una por separado ante distintos organismos del Estado (ENRE, ERAS y ANSES).

A continuación se detallan los requisitos para poder acceder:

 

Tarifa Social de Energía

Para acceder a la tarifa social en el servicio de electricidad , los clientes deben ingresar al sitio web del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y completar el formulario para obtener el descuento en el servicio.

- Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia con remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (Desde diciembre de 2023, el salario mínimo es de $156.000).
- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas con ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Titulares de programas sociales.
- Trabajadores inscritos en el Régimen de Monotributo Social.
- Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (Ley N° 26.844).
- Titulares de seguro de desempleo.
- Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Titulares de certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.

 

Tarifa Social de Gas

Se puede solicitar si llamás al 0-800-222-7376 de lunes a viernes de 8 a 20, o a través de la página de Anses o desde la aplicación Mi Anses.

- Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia con remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Beneficiarios de Pensiones no Contributivas con ingresos mensuales brutos no superiores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Titulares de programas sociales.
- Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
- Usuarios en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
- Personas que reciben seguro de desempleo.
- Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Usuarios con certificado único de discapacidad (CUD) expedido por autoridad competente.

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