Carlos Orellanos, abogado de la Asesoría Legal.
Carlos Orellanos, abogado de la Asesoría Legal.
LEANDRO N. ALEM

Asesoría Legal en la Municipalidad sobre escrituración de viviendas

El doctor Carlos Orellanos explicó cómo hacer las tramitaciones y también habló para aquellos casos en los que se deberá hacer en forma particular.

Entre los múltiples servicios que provee el municipio para sus vecinos, existe la Asesoría Legal para aquellos vecinos que tengan dudas o dificultades en cuanto a diversos trámites, específicamente con respecto a la escrituración de sus viviendas.

Para clarificar al habitante del distrito, el doctor Carlos Orellanos, asesor legal de la Municipalidad, explicó con detalle cada trámite que atiende su oficina:

“El área a mi cargo básicamente trata el tema de la escrituración social. Es un procedimiento reglado por la Ley 10830 de la provincia de Buenos Aires, que posibilita la titularización de su vivienda a aquellas personas que no poseen el caudal económico para hacerla en forma particular. Lo que hace el municipio a través de mi asesoría es una tarea de gestión y acompañamiento, porque quien otorga la escritura es la Escribanía General de Gobierno de la Provincia; nosotros somos el puente entre la persona que necesita regularizar el dominio de su casa y aquellos que la certifican legalmente”, dijo.

Según lo expuesto, a cada caso hay que analizarlo en forma particular. “Por ejemplo –apuntó el doctor Orellanos-, antes no se podía escriturar si se debían cuotas del plan de vivienda; actualmente se puede hacer con la escritura hipotecada. Hay gente que viene con trámites que se han dejado estar en el tiempo, y traen un boleto de compra venta, con un titular que en muchos casos ya ha fallecido. Ahí habría que hacer la sucesión del bien, lo que tiene un costo importante, pero la Escribanía General necesita la titularidad en regla y certificada. O sea, nosotros no cobramos nuestra asesoría, pero, si se da el caso de tener que hacer una sucesión, habría que hacerla a través de un estudio jurídico particular”, explicó.

Escritura social

“Para que se pueda acceder a la escritura social –manifestó el doctor Orellanos-, debe ser para vivienda única, es decir, que quien la tramita no posea ninguna otra propiedad inmueble a su nombre inscripta en el Registro de la Propiedad. En La Plata, antes de escriturar, se pide informe al Registro de la Propiedad a ese efecto específicamente. Esto es para garantizar que las personas adjudicatarias de viviendas de planes nacionales, provinciales o municipales sean quienes verdaderamente las necesiten. Además ayudamos a aquellos que, sin pertenecer al grupo de adjudicatarios de planes de viviendas, se encuentren imposibilitados económicamente de costear el trámite de escrituración de su inmueble único, que suele ser bastante oneroso”.

El profesional apuntó que trabajan conjuntamente con el Instituto de la Vivienda haciendo escrituraciones y el trámite de cambio de titularidad de esas viviendas. “Hay algunas que están adjudicadas desde hace mucho tiempo, pero todavía no se hizo la escritura, y en el camino el titular falleció o directamente no vive allí. En esos casos se hace un censo de la vivienda, constatando quién vive en el inmueble, y en base a esa constatación se da de baja la adjudicación anterior y el alta de la actual. En esos casos, nosotros iniciamos un expediente y lo mandamos al Instituto de la Vivienda, y ellos nos dan la orden para la constatación”, apuntó.

“Cuando se deben cuotas y se ha hecho algún traspaso del inmueble, se trata de una irregularidad, puesto que se pierde el concepto básico. Es decir, el supuesto titular vive en otro lado, lo que da a presuponer que no necesitaba el plan para obtener esa vivienda. Ese inmueble obtenido a través del Instituto de la Vivienda no se puede ceder ni alquilar ni vender mientras se esté pagando el plan. Esos requisitos recién desaparecen cuando ya se terminó de pagar el plan, con el certificado de cancelación emitido por el Instituto”, dijo.

“Si el Instituto constata que en la vivienda adjudicada y no terminada de pagar vive una persona distinta a quien figura como titular, se da de baja la adjudicación anterior y se da el alta al actual propietario”, acotó.

Otros servicios

“Yo no tengo problema en atender a quienes vienen por otros temas, pero no puedo ser su abogado, por lo que para resolver el problema tendrían que buscarse una representación legal. Si no tienen los medios para pagarla en forma particular, pueden acudir al Consultorio Jurídico Gratuito que funciona en las oficinas del IPS –habría que averiguar qué días atienden- o la Defensoría Oficial en Junín, o el Consultorio Jurídico Gratuito del Colegio de Abogados de Junín, que atiende los jueves”, dijo el doctor Orellanos, orientando a aquellos vecinos que no tengan medios para hacer frente a los gastos.

“Atiendo los martes y jueves acá en la Municipalidad, de mañana. Y hemos vuelto a recibir consultas en Alem y Alberdi. El martes 20 voy a estar en la Delegación de Alem y el jueves 22 en Alberdi en el Punto digital, siempre de 7:30 a 13:00hs”, concluyó.

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