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UN DIA DESPUES DEL FALLO DE LA SUPREMA CORTE BONAERENSE

Admiten que el nivel de arsénico supera los valores permitidos por ley provincial

El jefe de Obras Sanitarias Municipales de Junín dijo a DEMOCRACIA que el promedio de esta peligrosa sustancia oscila entre los 0,06 y 0,07 ml/l. El máximo tribunal bonaerense exige que en 90 días este elemento químico no exceda los 0,05 ml/l en la red de agua potable.

Mientras las repercusiones del fallo de la Suprema Corte provincial siguen adquiriendo dimensión, Alberto Massa, jefe de Obras Sanitarias Municipales, admitió que "el nivel de arsénico promedio en Junín es de 0,06 a 0,07 ml/l., aunque en ningún punto de la ciudad supera los 0,10 ml/l".
Las declaraciones del funcionario municipal pueden sorprender ya que anteayer, el Gobierno Local había señalado que los últimos controles realizados en diversos lugares de la ciudad por el  Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (OCABA), indicaban que el nivel era de 0,04 ml. de arsénico por litro.
Sin duda una cosa es el promedio tomando Junín como un todo y otra los estudios efectuados en puntos determinados de la ciudad.
Massa, sin embargo, destacó el trabajo realizado hasta ahora por el Municipio con las 15 perforaciones de pozos de agua de "excelente calidad".
"Están aportando agua a las redes y con eso estamos bajando considerablemente con la cantidad de arsénico. Ya tenemos tres pozos nuevos para poner en marcha en 30 a 40 días más. De esta manera podemos ir parando la actividad de los pozos que tienen más contaminación y reemplazarlos para brindar un mejor servicio", con una mejor calidad de agua.

La sentencia

Lo cierto es que la polémica por el nivel de contaminación volvió a escena luego de se conociera anteayer un durísimo fallo que avaló un recurso de amparo presentado por vecinos.
Los jueces de la Suprema Corte consideraron que el estado actual del agua es un peligro para la salud de los habitantes. "Ha quedado demostrado debidamente como lo reconocen las partes mismas que la provisión del servicio de agua en el municipio de Junín excede el límite máximo establecido por la Ley 11.820 y el Código Alimentario Nacional (0,05 mililitros por litro)", sostuvo el juez Juan Carlos Hitters en el fallo.
El fallo reconoce "los efectos altamente nocivos del arsénico" al tratarse de "una sustancia peligrosa para la salud". También es determinante al marcar que "la provisión del servicio de agua en el municipio de Junín excede el límite máximo establecido por la ley 11.820 y el Código Alimentario Nacional, para el arsénico en el agua, esto es, 0,05 ml/l".
En ese sentido es contundente: "(Eso) entraña un peligro cierto a la salud de los habitantes de la zona", al tiempo que destaca que "el Municipio afecta el derecho a la salud de sus habitantes".
Aunque también reconoce que "el Coordinador de la Región Sanitaria III informó que en la ciudad de Junín no existían registros de enfermedad y/o patologías originadas por niveles de arsénico y/o nitrato en agua potable".
En definitiva, el máximo tribunal provincial decide "condenar a la demandada a ajustar la prestación del servicio de agua a los parámetros de calidad establecidos". Y vuelve a acusar al Municipio de "comprometer la salud de la comunidad local".

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