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RÍO NEGRO

Ordenan detener al acusado de matar a Rafael Nahuel

Desestimaron que el deceso del joven se hubiera producido bajo la figura de la legítima defensa. Revocaron los procesamientos de otros cuatro prefectos.

En un giro inesperado en la causa por la muerte del joven mapuche Rafael Nahuel en Villa Mascardi, la Cámara Federal de General Roca dispuso ayer la prisión preventiva del prefecto Francisco Javier Pintos y cambió la imputación por la de homicidio agravado.
El tribunal de alzada desestimó así el fallo del juez federal de Bariloche Leónidas Moldes, que había calificado el deceso del joven en un predio tomado por indígenas a 35 km de Bariloche como homicidio agravado por el uso de armas de fuego con el atenuante de haber ocurrido por exceso en la legítima defensa. 
En aquel fallo, Moldes no había identificado al arma homicida, por lo que procesó a los cinco miembros de Albatros que se habían desplegado y disparado en el predio usurpado cuando una bala 9 mm mató a Nahuel. Y dispuso que el caso se dirimiera en juicio oral.
Pero los magistrados Marian Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreriro hicieron lugar parcialmente a los planteos de los abogados de la familia de Rafael Nahuel, que argumentaron que el joven estaba desarmado y había sido ejecutado por la espalda por un disparo del subfusil de Pintos.
Al invalidar una pericia balística de Gendarmería, los jueces también dictaminaron que Pintos fue el autor de los disparos que lo hirieron de muerte. Revocaron los procesamientos a los otros cuatro miembros de Albatros, Carlos Sosa, Sergio García, Juan Obregón y  Sergio Cavia y les dictaron la falta de mérito.
El tribunal le restó valor al peritaje de Gendarmería que había puesto en duda que el arma que portaba el prefecto Pintos hubiera sido la que efectivamente sesgó la vida del mapuche. Y antepuso la validez de otro peritaje anterior que señaló al subfusil MP3 de Pintos como el arma homicida.
En el fallo, los jueces señalaron que las conclusiones de Gendarmería carecen de objetividad al emanar de una fuerza que responde al Ministerio de Seguridad. Vincularon aquel resultado a un “guión” impuesto por la ministra Patricia Bullrich.
Argumentaron que la postura de la ministra bajo la doctrina de legítima defensa en el caso del policía bonaerense Luis Chocobar tiñó esos resultados.
La Cámara también desestimó la clausura de la instrucción. Y ordenó que las actuaciones sean remitidas a la fiscalía para que abra una nueva investigación por la actuación del jefe de la patrulla.
Para el Tribunal, el oficial a cargo del operativo, Pablo Berra, podría haberse excedido al patrullar e intentar detener a los mapuches fuera de los límites del predio ocupado. Ese punto deberá ser ahora investigado por la fiscal Sylvia Little.
Los abogados defensores  apelarán la resolución y Pintos podrá permanecer en libertad hasta conocerse el pronunciamiento de la Cámara de Casación e, incluso, de la Corte Suprema.

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