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El Ejecutivo puso fin a las tarifas máximas para los vuelos de cabotaje

Lo hizo a través del decreto 294/16, publicado en el Boletín Oficial. Según indicó, la medida que regía desde 2002 "dificultó el desarrollo de la actividad aerocomercial”.

“Suprímese a partir de la cero hora del día siguiente de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial la determinación de las tarifas máximas para los servicios de transporte aéreo interno de pasajeros”, ordena la resolución, e instruye al Ministerio de Transporte “para que dicte los actos administrativos necesarios para establecer las tarifas de referencia clase económica”.

En los considerandos se recuerda que a través del decreto 1654 del 4 de septiembre de 2002 “se declaró al transporte aerocomercial de cabotaje en estado de emergencia”, a partir del cual “se estableció una banda tarifaria, determinando una tarifa de referencia y una tarifa máxima”.

Luego, mediante la resolución 23/2012 de la ex Secretaría de Transporte “se incorporó una segunda tarifa máxima denominada 'Tarifa Máxima II'”, que es la que las aerolíneas pueden cobrar a quienes compran su pasaje dentro de los 10 días corridos previos a la fecha del vuelo.

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