LEGISLATURA BONAERENSE

Puja de intereses

La intención del Gobierno provincial y de legisladores de unificar de una vez por todas la regulación de los procedimientos de aplicación de agroquímicos y pesticidas en zonas cercanas a áreas urbanas puso en alerta a diversos sectores del agro e hizo estallar, a su vez, internas y recelos entre la dirigencia política por la autoría y los alcances de la iniciativa.  
La Cámara de Senadores de Buenos Aires dio media sanción a un proyecto de ley que permite fumigar con el cuestionado herbicida glifosato hasta sólo diez metros de las viviendas, reduce al mínimo las distancias de utilización de agroquímicos, desoye fallos judiciales y no se basa en ninguna evidencia científica para establecer las distancias.
Organizaciones sociales y asambleas de pueblos fumigados denuncian la inconstitucionalidad del proyecto y afirman que el gobierno provincial privilegió a las empresas del sector, nucleadas en la Asociación de Productores de Siembra Directa (Aapresid) y la Cámara de empresas de agroquímicos (Casafe) por sobre la población.
 El proyecto establece zonas límites para la aplicación de agroquímicos y pesticidas y prevé fuertes sanciones para quienes incumplan las prohibiciones. Además, otorga a los municipios el poder de control sobre las prácticas agronómicas que utilicen cualquier tipo de producto fitosanitario, al tiempo que otorga la “caja” proveniente de esas sanciones a las propias comunas para que solventen los gastos operativos.
 
Nuevo régimen

El proyecto aprobado en el Senado establece una zona de exclusión y otra de amortiguación. La primera prohíbe la aplicación de productos fitosanitarios, fertilizantes y otros plaguicidas a una distancia de entre 100 y 500 metros de los núcleos urbanos, dependiendo de la peligrosidad del elemento y la técnica de uso (por vía aérea las distancias son las máximas).
 En tanto, la zona de amortiguación extiende la prohibición hasta los dos kilómetros, también de acuerdo al tipo de pesticida utilizado y el modo de aplicación. Esta zona “buffer”, que cosecha el rechazo de cerealeras y representantes del agro, puede ser exceptuada solo por “expresa autorización del municipio”.
 Por otra parte, la iniciativa también prohíbe la aplicación terrestre dentro de un radio de 100 metros del límite de los establecimientos educativos rurales, y dispone la creación de una franja de protección a todo curso o cuerpo de agua, perforaciones individuales y campos de bombeo.
 El proyecto establece las máximas sanciones dispuestas por el Código Rural para los aplicadores que actuaren con “imprudencia, negligencia, impericia o dolo”, violando las restricciones o no cumpliendo los pasos establecidos para el lavado de los recipientes y herramientas utilizadas en la aplicación de los agroquímicos. Y dispone que los productores y dueños de los campos sean “solidariamente responsables” en caso de los incumplimientos. 

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