El bloque de concejales del Movimiento de Integración y Desarrollo (MID) presentó un proyecto de comunicación, referido a la ocupación de discapacitados por parte de organismos estatales, en cumplimiento de una ley provincial. Los concejales Ricardo Petraglia, Alicia Piva, Jorge Meza y María Teresa Lawler señalan que habida cuenta que viven en Junín personas con capacidades diferentes, físicas, psíquicas o mentales, visibles o no, que también se ven incluídas en esta categoría todas aquellas personas con prótesis en distintas articulaciones, aditivos cardíacos, etc, consideran la Ley Provincial Nº 10592/81, la cual establece en su art. 8º, que el Estado Nacional, Provincial y Municipal, sus organismos descentralizados y proveedores del Estado, «deben dar obligado cumplimiento a la ocupación de personas con capacidades diferentes, que reúnan idoneidad para el cargo, en un cupo no inferior al 4% de la totalidad de su personal».
El Proyecto de comunicación expresa en su artículo Nº 1º que «se solicita al D.E. y por su intermedio a la Dirección de Personal, acerca del número de empleados encuadrados dentro de la Ley 10592/81, art. 8º, que prestan servicio en el ente comunal».
Otro proyecto
También referido a discapacidad, presentó un proyecto sobre la necesidad de transporte que tienen estas personas, ya sea por motivos propios de su discapacidad o por otros motivos particulares. Apuntan que el Art. 20º de la Ley 22431 ( Nac. ) ampliada por la Ley 25635, conjuntamente con el Art. 22º de la Ley 10592 ( Prov. ) Decreto Reglamentario 1149/90, modificada por Decreto 2744 establece que las personas con capacidades diferentes tienen el derecho de viajar en forma gratuita, solos o acompañados, según sea su discapa-cidad cuando la unidad cuente con hasta 54 asientos y 2 discapacitados más 2 acompañantes ( si correspondiere ) en unidades de más de 54 asientos. El proyecto propone que se solicite al D.E. y por su intermedio al área correspondiente, informe el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 20º de la Ley 22431 ( Nac. ) ampliada por Ley 25635 y el Art. 22º de la Ley 10592 ( Prov. ) Decreto Reglamentario 1149/90 modificada por Decreto 2744, por parte de las empresas de transporte detallando, separadamente, el cumplimiento de cada una de ellas.
CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES
Concejales del MID presentaron proyectos para beneficiar a personas discapacitadas
Los mismos están referidos a leyes provinciales o nacionales que están vigentes, pero que en algunos casos no se cumplen.
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