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BUSCANDO RESOLVER CONFLICTOS Y DESCONGESTIONAR LA CARGA DE TRABAJO EN EL SISTEMA JUDICIAL

Por pleitos civiles, los bonaerenses ahora podrán recurrir a un mediador

Desde el año 2.004, viene funcionando en la Sede de la Delegación Junín del Colegio de Escribanos de la Pcia. de Buenos Aires, el Subcentro de Mediación.

Con la idea de instaurar mecanismos más ágiles para resolver conflictos judiciales y al mismo tiempo descongestionar la carga de trabajo de los tribunales, el gobierno bonaerense pretende aplicar los procesos de mediación y conciliación en el ámbito de la justicia civil y comercial.

Estos mecanismos que también ayudarían, según se dijo oficialmente, a evitar el inicio de litigios y a acortar los procesos en marcha, están contenidos en un proyecto de ley que el Ejecutivo provincial acaba de enviar a la Legislatura.

Estos dos mecanismos presentan claras diferencias, ya que mientras la mediación se concibe como una instancia previa al inicio del juicio a pedido de una de las partes interesadas en el litigio y tiene el carácter de voluntaria, la conciliación podrá ser dispuesta por el juez una vez que arrancó el pleito en los tribunales.

En la primera de las alternativas, el mediador, que podrá no ser abogado, buscará acercar a las partes en procura de encontrar una solución al conflicto, tendrá el carácter de voluntaria y, como se dijo, será prejudicial. En el segundo caso, el conciliador tendrá una actitud más protagónica y podrá proponer fórmulas de arreglo y orientar a la solución, de ahí que se le exigirá ser abogado.

Los denominados métodos alternativos de solución de conflictos serán de exclusiva aplicación en los asuntos que sean susceptibles de transacción. Los ejemplos más comunes son las causas por daños y perjuicios en las que se incluye a los accidentes de tránsito, incumplimientos de contratos de alquileres u otros o la ejecución de cheques, por ejemplo.

En cambio se excluyen, por ejemplo, las acciones de separación personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación y patria potestad; procesos de declaración de incapacidad y de inhabilitación; amparos, hábeas data y hábeas corpus; diligencias preliminares, medidas cautelares y prueba anticipada; juicios sucesorios y voluntarios; concursos preventivos y quiebras; causas que se tramiten ante el fuero laboral o exclusivas del fuero de familia y los asuntos en los que sea parte el Estado provincial, sus organismos descentralizados y los municipios.

Los objetivos

Según se anticipó, el proyecto persigue el objetivo de «instalar un mecanismo que agilice la respuesta de la justicia hacia la gente», sostuvo el subsecretario de Justicia bonaerense, Carlos Martiarena.

El funcionario indicó además que el proyecto no busca instaurar «un mecanismo para reemplazar a la Justicia» ni «aliviar la carga de trabajo que soportan los juzgados». Y si bien se reconoce que los tribunales se beneficiarán porque podrán descargar trabajo, se asegura oficialmente que hay otro objetivo en juego: establecer mecanismos que permitan llegar a la solución más justa y adecuada.

«Los mecanismos de resolución consensuada terminan el conflicto de una manera más satisfactoria, porque en los casos en que se llega a la sentencia, generalmente casi todos pierden si se tiene en cuenta el tiempo que insume el trámite y las molestias que se producen», dice el funcionario. «Tenemos que romper con la cultura del litigio, porque se va al juicio para provocar el daño más grande al contrincante», añade Martiarena.

La mediación

La mediación, como se dijo, se dará en la instancia prejudicial y las partes podrán someterse a esa instancia sí así lo desean. Es decir, arrancará antes del inicio de la demanda.

El proyecto establece que los particulares podrán solicitar ante los centros de mediación el inicio del trámite y ese organismo sorteará un mediador excepto que el actor y el demandado propusieran a uno determinado.

Dentro del plazo de tres días de haber sido designado, el mediador deberá fijar la audiencia a la que tendrán que comparecer las partes. Y el procedimiento deberá finalizar dentro de los 20 días a partir de la celebración de la primera audiencia.

Además, se consigna que tanto en los casos de acuerdo como en aquellos que no se solucionara el conflicto, se deberá labrar un acta que el mediador deberá entregar a las partes y al juzgado. Este acuerdo, además, podrá ser sometido a homologación judicial para que, en el caso de incumplimiento, quien tiene el derecho pueda pedir la ejecución del acuerdo.

«La idea es que el mediador facilite el acercamiento, pero sin meterse en el conflicto», sostuvo Martiarena.

Alcances de la conciliación

En lo que respecta a la conciliación, se establece que en cualquier momento del proceso judicial, tanto el juez como las partes, de común acuerdo, podrán proponer este procedimiento, que estará a cargo de un abogado conciliador.

El proyecto consigna que la apertura del procedimiento de conciliación suspende el trámite del juicio y todos los plazos, a excepción de las medidas cautelares y otras urgentes que el juez estime necesarias. Esta etapa conciliatoria se desarrollará dentro de un plazo no mayor de 15 días, que podrá prorrogarse por 10 días más.

Finalmente, se prevé la creación de un fondo de financiamiento, integrado por recursos provenientes del pago de derechos, aranceles y multas con motivo del inicio y tramitación de la actividad conciliatoria, para de esta forma financiar el pago de los servicios de los conciliadores. Así se atenderán los honorarios en el caso de aquellos que acceden a este mecanismo con el beneficio de litigar sin gastos.

En rigor, la Provincia viene desde hace tiempo con intenciones instaurar estos procesos.

Desde 1996, cuando la Nación dictó una ley en ese sentido, en territorio bonaerense se comenzó a discutir la posibilidad de la vigencia de la mediación y la conciliación.

Y ahora se buscará acelerar para que la ley se vote antes de fin de año.

Subcentro de Junín

Desde el año 2.004, viene funcionando en la Sede de la Delegación Junín del Colegio de Escribanos de la Pcia. de Buenos Aires, el Subcentro de Mediación, donde los notarios mediadores atienden las consultas los días miércoles en horario de 10 a 12 hs.

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