El Gobierno modificó el Calendario Nacional de Vacunación al cambiar el período de aplicación para el primer refuerzo de la Cuádruple y la Quíntuple, y para el cuarto refuerzo de la antipoliomielítica oral OPV o Sabin.
Estableció que deben administrarse “entre los quince y los dieciocho meses”, en lugar de al año y medio. Además, modificó la indicación de revacunación cada diez años contra la fiebre amarilla, al instaurar la aplicación de una única dosis de refuerzo a los 11 años, mientras desplazó del año a los dieciocho meses la primera aplicación.
Los cambios en el Calendario Nacional de Vacunación fueron publicados ayer en el Boletín Oficial con las resoluciones 51/2014 y 53/2014.
“Modifícase el Calendario Nacional de Vacunación en cuanto a la inmunización con las vacunas Cuádruple/Quíntuple (primer refuerzo) y OPV (cuarto refuerzo) entre los quince y dieciocho meses de vida, para todos los habitantes del territorio nacional”, estableció el artículo 1 de la disposición 51/2004.
Ese artículo completó: “En los casos de personas con esquemas incompletos, se procederá a completar los mismos”.
La resolución argumentó “que los dieciocho meses de vida representa el grupo etario con mayor dificultad para lograr altas tasas de coberturas de vacunación en la edad pediátrica, en Argentina”.
Además, adujo “que los controles pediátricos ya consensuados y establecidos en nuestro país en niños entre doce y veinticuatro meses se realizan sistemáticamente con una frecuencia trimestral, considerándose oportuno fortalecer los quince y dieciocho meses como edades clave para la captación y vacunación de la población objetivo”.
Por otra parte, el artículo 1 de la resolución 53/2014 dispuso: “Modifícase la indicación de revacunación cada diez años contra la fiebre amarilla en el Calendario Nacional de Vacunación y recomiéndese la aplicación de una única dosis de refuerzo a los once años”.
La disposición argumentó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) se expidió“ acerca de la falta de necesidad de la aplicación de dosis de refuerzo de la vacuna contra la fiebre amarilla en forma sistemática cada diez años, en virtud de la evidencia científica disponible acerca de la duración de la inmunidad después de la administración de una única dosis”.
Hepatitis
Por otra parte, se estableció la gratuidad y obligatoriedad de la inmunización contra la Hepatitis B para todos los ciudadanos no vacunados contra esa enfermedad.
“En los casos de personas con esquemas incompletos, se procederá a completar los mismos”, estableció el artículo 1 de la norma.
El 3 dispuso: “Establécese que se considerará esquema completo a la administración de tres dosis, la segunda con un intervalo no inferior a cuatro semanas de la primera y la tercera con un intervalo no inferior a cinco meses de la segunda”.
El 4 determinó que “para la administración de la vacuna a las personas comprendidas en la presenta resolución, no se requerirá la presentación de una orden médica”.
FUERON PUBLICADOS EN EL BOLETÍN OFICIAL
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