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AGRESORES SEXUALES

No tendrán derecho a la libertad condicional

El camarista Mariano Borinsky, quien preside la comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal, ratificó que “los agresores sexuales no podrán acceder al derecho de la libertad condicional. La limitación también se hace extensiva a los casos de reincidencia, de secuestro extorsivo y de homicidio”.
Así lo acordaron sus integrantes durante la reunión de trabajo mantenida en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, donde se avanzó en el título de las penas que incluyó el debate sobre su cumplimiento efectivo, las multas y la inhabilitación.
La comisión también estableció, para el caso de los agresores sexuales, la aplicación de un “seguimiento sociojudicial” una vez cumplida la condena, consistente en medidas de vigilancia y asistencia para prevenir nuevos delitos. El “seguimiento sociojudicial” establece que las medidas para este propósito son las obligaciones que puede ordenar un tribunal, en virtud de las cuales se obliga al condenado a que, una vez que recupere su libertad por el cumplimiento de la pena de prisión que se le impuso, se sujete a controles de vigilancia o asistencia, bajo la inspección o control del juez de la ejecución de la pena.
La rigurosidad sobre el cumplimiento total de la pena fue otro de los puntos en el cual se puso especial énfasis, con el objetivo de que quede plasmado en el anteproyecto.

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