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GENERAL VIAMONTE

Curso de manipulación de alimentos, organizado por Bromatología

La Dirección de Bromatología de la Municipalidad de General Viamonte organiza el curso taller en Manipulación de alimentos, destinado a todas las personas que, por su actividad laboral, tengan contacto con alimentos: artesanos, carniceros, panaderos, rotiseros, instituciones, comerciantes en general, heladeros, fabricantes, etc.
El curso de cuatro jornadas permite adquirir a cada participante conocimientos elementales sobre manipulación de alimentos, enfermedades trasmitidas por alimentos, buenas prácticas de manufactura, etc.
La jornada se enriquecerá con las experiencias que cada uno pueda aportar para enriquecer  el trabajo diario.
Las clases comienzan el 6 de abril próximo, en el horario de 9 a 12 y se entregarán certificados oficiales avalados por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires.
Para más información, los interesados pueden ir a la Dirección de Bromatología en horario de 8 a 12 o escribir a [email protected].

Poda de árboles

La Secretaría de Ambiente de la Municipalidad de General Viamonte conjuntamente con el Juzgado de Faltas comunica por este medio a la población que se encuentra en vigencia la ordenanza  Nº 2663 que regula el arbolado público.
De ésta surge la necesidad  de informar lo expresado en el capítulo III referente a conservación, erradicación y reimplantación.
En el Art. 16 se prohíbe expresamente la eliminación, erradicación, talado, o destrucción por cualquier medio, sin previa autorización municipal, como así también las podas, despuntes o cortes de ramas o raíces.
Ante cualquier necesidad de extracción, se deberá pasar por la Oficina de Inspección General, donde se solicitará la extracción, la Secretaría solicitará interferencia (la intervención) a ABSA y Camuzzi, y aprobará dicha tarea si es considerada necesaria. En el lapso de diez (10) días aproximadamente el vecino contará con planos e informes que indicarán por dónde pasan los servicios, para evitar daños. Cabe aclarar que el árbol tendrá que ser repuesto con carácter de obligatorio, debiendo ser de las especies permitidas.
No se habilitan comercios que no posean árboles en su vereda con la respectiva caseta. 6

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