Multas provincia de buenos aires por fiestas clandestinas
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

¿Cuáles serán las multas en la Provincia por hacer fiestas clandestinas?

La nueva restricción a la nocturnidad establecida por el Gobierno bonaerense incluye multas por más de 3 millones de pesos para quienes asistan y organicen fiestas clandestinas, así como también sanciones económicas para las personas que no utilicen tapabocas en la vía pública o comercios.

La nueva restricción a la nocturnidad establecida por el Gobierno bonaerense incluye multas por más de 3 millones de pesos para quienes asistan y organicen fiestas clandestinas, así como también sanciones económicas para las personas que no utilicen tapabocas en la vía pública o comercios.
La prohibición de actividades entre la 01:00 y las 06:00 informada por la administración que encabeza el gobernador Axel Kicillof hace hincapié en las "fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y de distanciamiento social preventivo y obligatorio".

Grandes multas en la Provincia de Buenos Aires

Para esos casos, "podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen", según informó el Gobierno bonaerense.
Además, con esta nueva orden de multas en la Provincia, se habilitó a las autoridades municipales a realizar "el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020" y la "aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias". Ese artículo establece multas en la Provincia de hasta "diez sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial cuando se trate de infracciones que no involucren peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población".
La multa se eleva hasta 500 sueldos mínimos cuando se trate de infracciones que sí importan "un peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población".
Si bien no se especificó en cuál de esas dos previsiones se encuadra el incumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, las multas serían cuantiosas.

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