ARBA

No retendrá fondos provenientes de reintegros por atención médica

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), modificó el régimen especial de retención para importes acreditados en cuentas bancarias que provengan de reintegros de obras sociales, mutuales, entidades de medicina prepaga y organismos similares.
A partir de la medida que entró en vigencia esta semana, ARBA dejará de practicar retenciones en concepto de anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fondos provenientes de “devoluciones a favor de los afiliados por prestaciones, medicamentos, materiales implantables, etc., relacionados con la salud humana”, según detalla el Boletín Oficial.
La actual conducción de la Agencia modificó la normativa vigente con el objetivo de corregir esta distorsión del sistema que implicaba esfuerzos adicionales de los contribuyentes, ya que “tenían que realizar un nuevo trámite ante el organismo para obtener la devolución del dinero, que en promedio, tenía una demora de tres meses”, aseguró el titular del organismo, Gastón Fossati.
Los perjudicados eran en su mayoría monotributistas, comerciantes y profesionales que ejercían de manera independiente y que, en muchos casos, incluso omitían realizar la gestión de devolución del reintegro.

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