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DAÑOS PSICOLOGICOS Y MORALES

Estuvo preso «por error» y la Provincia debe indemnizarlo

Deberá pagar 204.680 pesos.

La justicia ordenó al Estado bonaerense pagarle una indemnización de 204.680 pesos a un hombre que estuvo cuatro años preso, imputado e inicialmente condenado por un asesinato y que en un segundo juicio fue absuelto. El resarcimiento, que deberá ser liquidado con intereses desde el año 2004, fue fundado en los daños psicológicos y morales que la privación de la libertad le provocó al demandante.
La sentencia fue dictada por el juez del fuero contencioso administrativo platen-se Luis Arias, quien desestimó los planteos de la Fiscalía de Estado e hizo lugar parcialmente a la demanda, ya que en ésta se reclamó una indemnización de 597.000 pesos.
La demanda, fundada en la «responsabilidad del Estado por una condena penal errónea», fue presentada por DJM, un hombre que en 1992 fue detenido e imputado por el homicidio, doblemente agravado por conexidad y alevosía, de una mujer, en la localidad de Marcos Paz.
En noviembre de 1994, la Sala I de la Cámara Penal de Mercedes lo encontró culpable y le dictó pena de prisión. Pero en agosto de 1998 la Suprema Corte bonaerense admitió un recurso del condenado, anuló el fallo de la Cámara y ordenó un nuevo juzgamiento, recobrando así DJM la libertad tras cuatro años de reclusión.
La resolución de la Corte se basó en que los camaristas habían condenado a DJM tomando como principal prueba de cargo para acreditar la autoría del crimen, declaraciones en las que el imputado se había autoin-culpado ante policías.
Y tras el nuevo juicio, cuatro años después (marzo del 2002), la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Mercedes dispuso la absolución de DJM, por las deficiencias probatorias que contenía la causa.
Frente a la demanda indem-nizatoria, planteada en marzo del 2004, la Fiscalía de Estado planteó que había prescripto porque el plazo de dos años para elevar el recurso debió contarse a partir del fallo de la Corte en 1998. Y rechazó en general los argumentos del demandante y en particular que la actuación del Poder Judicial hubiera sido irregular.
El juez Arias rechazó el planteo de prescripción y consideró válidos los argumentos de la demanda, señalando que «no se trata aquí de revisar una sentencia ni de descubrir el yerro en que incurrió la administración de justicia, sino de reparar en la medida de lo posible los perjuicios derivados de la falta de servicio de un órgano dependiente de la provincia de Buenos Aires, que ya fuera verificada por la Suprema Corte».

Pruebas

Asimismo, el magistrado dio por probados los daños psicológicos y morales que sufrió DJM por haber estado cuatro años en prisión por un «fallo erróneo», y estimó los montos resar-citarios consecuentes, dese-chando en cambio el lucro cesante por no poder trabajar que planteó el demandante, que «ayudaba a su padre en su negocio».
El juez resolvió, así, condenar al Estado provincial a pagar a DJM una indemnización de 204.680 pesos más los intereses correspondientes desde su absolución, en marzo del 2002 hasta que se pague.

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