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APELLIDOS MATERNOS, NOMBRES NEUTROS Y PACTOS DE CONVIVENCIA

Los registros civiles de la Provincia se adaptan a los reglas del nuevo Código

Se dan respuestas a solicitudes por el nuevo marco legal.

Con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil, los argentinos tienen hoy algunos derechos que no eran reconocidos hace apenas una semana atrás: pueden inscribir a sus hijos con el apellido materno precediendo al paterno o usando nombres que no necesariamente indiquen género; pueden elegir cómo dividir sus bienes al casarse y pueden también formalizar sus uniones de pareja para gozar de algunos beneficios antes exclusivos del vínculo matrimonial. ¿Pero cómo se hace para acceder a ellos?
Mientras muchos organismos administrativos no terminan de adaptar sus trámites y formularios a los nuevos derechos previstos por el Código, los registros civiles de la Provincia arrancaron ya esta semana dando respuesta a solicitudes novedosas previstas por el nuevo marco legal.
Desde que entró en vigencia el sábado pasado, sus delegaciones atendieron al menos tres reconocimientos de filiación donde primó el apellido materno, dos inscripciones de nombres propios sin indicador de género y medio centenar de solicitudes de unión convivencial, según un informe oficial difundido ayer.

Apellidos
Desde el momento en que el apellido paterno ya no tiene necesariamente prioridad, y las madres están en igualdad de condiciones para decir con qué apellido y en qué orden inscribir a sus bebés, ya no es necesario iniciar una acción legal o un engorroso trámite administrativo para acceder a ese derecho: basta que ambos progenitores se pongan de acuerdo al momento de la inscripción.
“Pueden ir los dos progenitores o cualquiera de ellos en forma individual, pero en ese caso se le exige ahora acreditar el consentimiento del otro sobre la forma en que eligieron anotar el niño (si sólo con el apellido paterno;  si sólo con el materno o con ambos, y en qué orden). Y cuando no logran ponerse de acuerdo entre ellos, se les da entonces un turno para que el asunto sea resuelto por sorteo ante la dirección provincial”,  explican desde la Jefatura de Gabinete.
En los casos de trámites de reconocimiento (es decir cuando un hombre se presenta ante el Registro para reconocer su paternidad sobre un niño ya inscripto), “ahora es la madre la que decide si ese reconocimiento va a conllevar la incorporación al documento de su hijo del apellido paterno, o no, al momento del trámite. De hecho, hubo seis situaciones de este tipo esta semana y en tres de ellas el apellido materno quedó como único o en primer término”, aseguran voceros del gobierno provincial.
Otra situación novedosa que están atendiendo ya los registros civiles es la inscripción de nombres propios no necesariamente asociados a hombre o mujer.
En la localidad de José C. Paz fue inscripto un bebé como Nixon y hubo una Khiara en Luján.
Los autoridades de los registros “ya están al tanto de que no pueden exigirle a los padres que incluyan un segundo nombre denotatorio de género cuando el primero da lugar a confusión”, explican.

Uniones y acuerdos
Pero sin duda el pedido más extendido entre las novedades del nuevo Código fue el de unión convivencial.  En lo que va de la semana se presentaron en los diferentes distritos más de cincuenta solicitudes de parejas interesadas en dejar constancia de su convivencia; entre ellas una en nuestra ciudad.
La unión convivencial, como muchos saben ya, es una nueva figura que da cierto marco legal al concubinato para evitarle a sus integrantes situaciones de gran vulnerabilidad al disolverse su relación.
Mientras que antes los concubinos  no tenían obligaciones respecto el uno del otro; ahora aquellos que dejen registro de su unión convivencial quedan sujetos  a un mínimo de deberes como lo son el de asistencia, el de contribuir a las cargas del hogar, la  responsabilidad por las deudas comunes y cierta protección de la vivienda familiar.
Por tratarse de un trámite inexistente hasta la semana pasada, “los registros tuvieron que incorporar un nuevo libro, similar al que se usa para los casamientos, en el que van a quedar registradas esas uniones, así como los pactos de convivencia que los integrantes acuerden entre ellos.
Las parejas tienen que pedir un turno, de la misma forma que cuando van a casarse, y al momento de realizar el trámite tienen que llevar su pacto de convivencia (es decir los compromisos que acuerdan entre ellos para la vida en común) previamente rubricado ante escribano”, cuentan desde el organismo provincial.
El mismo requisito se les exige también a quienes eligen la nueva alternativa de casarse optando por un régimen de separación de bienes en lugar del tradicional régimen ganancial. Aunque todavía no se ha presentado ninguna solicitud de este tipo en la Provincia, los registros van a exigirle a las parejas que así lo expresen al pedir turno para casarse que lleven luego su acuerdo previamente rubricado ante un notario.

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