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El jueves fue clausurado por 15 días el local “Brook”.
EN JUNÍN

Afirman desde el municipio que la Justicia desestima las clausuras de los boliches

Democracia accedió a los documentos del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires. Los fallos son emitidos por la Cámara de Apelación y Garantías que resuelve no dar lugar a las actas de contravención libradas por el Juzgado de Faltas municipal. Hay casos reincidentes.

Según las seis resoluciones a las que tuvo acceso Democracia, entre 2017 y el corriente año, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Junín dejó sin efecto las clausuras de locales nocturnos impuestas por la Justicia de Faltas municipal disminuyendo el pago de las multas solicitadas.
Las contravenciones más comunes están relacionadas con la falta de habilitación y con irregularidades de seguridad e higiene. También existen otras faltas importantes que implican un castigo mayor, como es el ingreso de menores, los ruidos molestos, el ingreso de personas en horario no permitido o superar la capacidad de personas asignadas a un local. 
“Hay boliches que están abiertos y tienen que estar cerrados definitivamente. De una vez por todas hay que terminar con esto. Todo lo que la Cámara dictamina opaca y minimiza todo el trabajo que hacemos desde el inspector, el policía y la jueza de Faltas”, explicaron desde el área de Seguridad del Municipio.

Los casos
El artículo 41 de la ordenanza municipal 4983, inciso C detalla que se sancionará un local “por violación al factor ocupacional, funcionamiento sin habilitación o autorización municipal, vicios estructurales en el inmueble, incumplimiento en las medidas de seguridad y/o antisiniestrales exigidas por la presente ordenanza como en las legislaciones nacionales y/o provinciales aplicables a la materia como cualquier otra anomalía que pudiera poner en riesgo la salud o la vida de los concurrentes o terceros”. La primera infracción sostiene una multa de $ 5.000 y clausura por quince (15) días.
En este sentido, el 17 de agosto de 2017 la Cámara de Apelaciones, a cargo de los Dres. Andrés Ortiz y Carlos Portiglia, resolvió no dar lugar al fallo emitido por el Juzgado de Faltas, que había sido apelado por el imputado (responsable de un local nocturno), considerando dejar sin efecto la clausura dispuesta, disminuyendo la multa a 4 mil pesos.
Una semana más tarde, ese mismo local bailable, por violación a la misma ordenanza, fue clausurado nuevamente. El 29 de agosto, la Cámara de Apelaciones levantó la medida dispuesta por el Municipio de Junín y disminuyó la sanción económica.
En relación a ese mismo local nocturno, el 14 de marzo 2018, la jueza Dra. Nora Serafino, titular del Juzgado de Faltas Nº 1 dictó sentencia imponiendo una multa de 10 mil pesos y clausura definitiva “atendiendo a su carácter de reincidente y considerarla incursa en la contravención que tipifica el artículo 41 inciso C”.
En su descargo, el apelante expresó que los inspectores se refirieron vagamente al “factor ocupacional excedido, efectuando una mera apreciación subjetiva” y establecieron que “no hubo una documentación o fotografías”. Y explicó que “las mismas son de fácil acceso, ya que el común de la gente cuenta con dispositivos electrónicos”.  
Tal es así, que el juez Dr. Jorge Carlos Cóppola, del Juzgado Correccional 2 confirmó la resolución dictada por la jueza Serafino que luego fue revocada por la aplicación del principio “in dubio pro reo” solicitado por el abogado defensor, por insuficiencia probatoria.
El 14 de noviembre de 2017, un acta de contravención labrada por el Juzgado de Faltas a otro local nocturno fue apelada. Ese día el tribunal resolvió “confirmar la resolución de primera instancia, aunque dejando sin efecto la clausura dispuesta por única vez, manteniendo la pena de multa impuesta pudiendo peticionarse que sea en cuotas con costas”.
En un caso más reciente, el 24 de abril de este año, la Cámara de Apelaciones impuso el pago de una multa de 5 mil pesos y dejar sin efecto la clausura dispuesta por el Municipio por violación al factor ocupacional a otro espacio de esparcimiento nocturno.

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