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Santa Duré saluda ayer a su abogado luego de ser absuelta.
EN EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL 1 DE JUNÍN

Absolvieron a Santa Duré por la muerte de Florencio Bearzotti

El magistrado recalcó “la débil carga probatoria con la que cuenta la acusación”. El jubilado, de 73 años falleció tras sufrir 15 puñaladas en su pecho, al ser atacado en la casa donde vivía solo.

Ayer al mediodía, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Junín dio a conocer el veredicto en el marco del juicio por el homicidio del jubilado Florencio Bearzotti, de 73 años quien falleció tras sufrir 15 puñaladas en su pecho, al ser atacado en la casa donde vivía solo, según afirmaron testigos y familiares en el debate que se llevó a cabo la semana pasada en dos jornadas de audiencias.
El cuerpo fue hallado sin vida por su cónyuge, Santa Duré (48), el mediodía del domingo 1 de mayo de 2016, en la vivienda que ocupaba, ubicada en Almirante Brown 21, de la ciudad de Lincoln. 
La mujer imputada por “homicidio agravado por el vínculo y criminis causa” fue absuelta. Así lo entendieron los jueces Miguel Ángel Vilaseca, Marcos Cornaglia (subrogante) y Claudia Dana (subrogante) “en consecuencia a la débil carga probatoria con la que cuenta la acusación, que viola las más elementales máximas procesales que afirman que los extremos de la acusación tienen que ser comprobados de una manera tal que resulten evidentes”, indica el veredicto absolutorio.

“La fiscalía ocultó datos de la investigación” 
En la presentación del caso, Terrón consideró que estaba probado que entre el 30 de abril y 1 de mayo de 2016, entre las 23 y las 4, una o más personas, entre ellas la cónyuge de la víctima, causaron la muerte a Bearzotti, aplicándole 15 puñaladas en el torso, en la zona del hemitorax izquierdo, graves heridas en la zona del corazón, que le causaron un shock hipovolémico y paro cardiorespiratorio.
Imputada por “homicidio agravado por el vínculo y criminis causa”, en los alegatos, el fiscal había solicitado una pena de prisión perpetua para Duré, mientras que la defensa pidió la absolución de su defendida y declaró que “la fiscalía ocultó datos de la investigación”. Cabe destacar que Duré y Bearzotti si bien tenían una relación, incluso estarían casados legalmente, pero no convivían en la misma casa.

“Se desvanece agonizante la acusación”
En el veredicto que se leyó ayer en el piso 4 de los Tribunales de Junín, el magistrado remarca: “Concretamente no se dio explicación a la no existencia de vestigio hemático en la hoja de la cuchilla. Como tampoco en la ropa incautada a la imputada, demostrado que siempre vistió con la misma. El propio perito Doro afirmó que necesariamente por lo menos en los puños del buzo debió presentar”.
“También se le preguntó al licenciado Doro si había realizado algún tipo de pericia sobre dicho elemento punzante, como para determinar si el mismo poseía algún rastro de muestra hemática, dado que fue hallado a pocas horas del hecho, concretamente si utilizó luminol o algún otro producto. Y respondió que no, porque el luminol no es seguro y no se advirtió la presencia de sangre, estimando que la cuchilla había sido lavada. Al solicitarle que aclare a qué se refiere con lavado, que advirtió para arribar a esa conclusión, dijo: ‘estaba limpia’. Y además agregó que si la cuchilla se hubiese lavado con un producto como por ejemplo, cloro, no deja rastro de presencia en sangre si es que la hubo. Preguntado que si constató que haya sido limpiada con cloro, respondió negativamente”, detalla el fallo.
“Sostener que por la simple razón de ‘encajar’ la cuchilla con la vaina de cartón fabricada en forma casera, hallada en el domicilio de la víctima, se trate del arma homicida, y dar ello por cierto, cuando existen decenas de cuchillas del mismo tamaño, demuestra la talla de la prueba. A ello se le suma que ningún rastro hemático le fue hallada en la cuchilla, cuando con ella afirma la fiscalía se propinaron quince puñaladas horas antes. No transcurrieron días en el secuestro, sino pocas horas. Tampoco coincide el perfil hallado con los de la imputada, como lo analizó”, sostiene.
“Y con respecto a la navaja multifunción marca victorinox, hallada sobre la cama, con la cual se infiere que la misma pudo haberse utilizado para violentar el cajón del escritorio, periciada en el Laboratorio de Genética Forense, se obtuvo un perfil mezcla de la muestra 304.10 (navaja) de al menos dos individuos, coincidente con el perfil de la víctima y  negativo para con el de la imputada, siendo que con dicha navaja, supuestamente se violentó, abrió y se sustrajo los elementos señalados por la fiscalía como dinero en efectivo y arma de fuego que se hallaban en el cajón del escritorio violentado”, sustenta.
“Otro elemento que sumó valor probatorio, pero negativo en cuanto a la aquí imputada, lo aporta el hallazgo en el momento de proceder a desvestir a la víctima  de un pelo de aproximadamente 5 centímetros de color oscuro, el cual se coloca en tubo plástico para posterior cotejo de ADN. Y el informe pericial sobre el pelo extraído de la región hipogástrica a la víctima, muestras 432.1 (filamento piloso) y 432.5 (mancha de sangre en colchón) no se observó coincidencia entre ninguno de los perfiles obtenidos de estas muestras con respecto a la víctima de autos ni a la imputada Duré”, aclara.
“Y el Perito Alejandro Doro, cuando compareció al debate, manifestó que la persona que le asestó las quince puñaladas a Bearzotti, indefectiblemente tuvo que haberse manchado con sangre, por lo menos en los puños de la ropa que vestía”, recalca.
“En suma y de acuerdo al mérito de las probanzas reunidas, y sopesando sus resultados,  no resulta posible concluir que la imputada haya sido la persona que llevara adelante la acción endilgada. Y esa falta de certeza, emana un consecuente estado de duda que dejan latentes y válidas las argumentaciones del defensor”, subraya.
“De tal forma, resulta tan ambigua y equívoca la prueba que valora la fiscalía, sin revestir la solidez convictiva suficiente para convertirse en el sostén válido de la atribución de la autoría en los términos que lo hiciera la acusación al tiempo de alegar. Conforme lo hasta aquí analizado, se desvanece agonizante la acusación que pesa sobre la acusada, que no logró superar ese primigenio estado de ‘sospecha’, sin siquiera a mi entender avanzar hacia la ‘probabilidad’, y muy lejos se está de ‘la certeza’ sobre su autoría”, finaliza el fallo.

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