repro 2 mayo 2021
ASISTENCIA ECONÓMICA

Confirman la continuidad del Repro II y el lunes abren la inscripción

En la nueva reunión de gabinete económico, encabezada por el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y que se llevó a cabo en el Salón de los Científicos de la Casa Rosada, también se trató el tema de la suspensión de las exportaciones de carne por 30 días anunciada el lunes.

El Gobierno nacional confirmó hoy mantendrá la asistencia a los sectores afectados por las restricciones sanitarias por la pandemia de coronavirus y anunció el inicio de la inscripción al Programa de Recuperación Productiva 2 (Repro II) a partir del próximo lunes 24 de mayo.

En la nueva reunión de gabinete económico, encabezada por el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y que se llevó a cabo en el Salón de los Científicos de la Casa Rosada, también se trató el tema de la suspensión de las exportaciones de carne por 30 días anunciada el lunes.

Durante la reunión se repasaron los principales indicadores económicos y sociales y se destacó la inscripción al Repro II, correspondiente al pago de los salarios de mayo, al que las empresas podrán inscribirse desde el 24 de mayo hasta el 31 de este mes.

En el caso del Repro, durante las primeras semanas de mayo se pudieron atender más de 13.600 empresas, lo que implica un colectivo de trabajadoras y trabajadores cercano a los 400.000, con una inversión total de alrededor de los $5.000 millones.

También se repasó la asistencia que realiza el Estado Nacional en el marco de la pandemia, como la reducción de las contribuciones patronales para los sectores empresarios afectados, el Bono para el personal de la Salud, el programa especial -en el marco del Repro- para las y los monotributistas del sector gastronómico, el incremento de las prestaciones vinculadas con la economía social (a través del Programa Potenciar Trabajo), la ampliación del universo de niños y niñas receptores de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Los integrantes del gabinete económico remarcaron que los programas ya en marcha podrán ser ampliados, teniendo en cuenta los anuncios en materia sanitarias para controlar la pandemia.

Con relación a la nueva inscripción del Repro, precisaron que las empresas podrán percibir ayuda para el pago de los salarios correspondientes a mayo.

"Además, estamos anunciando con el Banco Nación y el Banco Central, algunas medidas que tienen que ver con financiamiento a sectores como la gastronomía, para colaborar con la mejora en las condiciones de atención de sus clientes que hoy enfrenta la gastronomía, producto de los protocolos para controlar la pandemia”, agregaron.

Además del lanzamiento de una nueva línea de crédito para el sector gastronómico, se estudia la refinanciación de deudas bancarias para sectores afectados por restricciones.

Requisitos Repro II

  • Pertenecer al sector privado
  • No recibir subsidios del sector público
  • La variación de la facturación debe presentar una reducción inferior al 20% en términos reales entre la facturación para el periodo comprendido entre el 1 y el 20 de abril 2021 y el mismo periodo de 2019 para los sectores no críticos y críticos, o bien una reducción menor al 0%, en términos reales, para el sector Salud
  • El indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para marzo 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el mismo comité.
  • Aquellos empleadores alcanzados por el aporte solidario y extraordinario ("impuesto a las grandes fortunas") deben cumplir con su obligación.

Además, se exime de la obligación de presentar el balance correspondiente al último ejercicio cerrado de acuerdo a la normativa vigente en la materia, certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas.

Los requisitos varían de acuerdo a si se trata de empresas de sectores críticos o de la salud, y por la cantidad de empleados:

Cómo inscribirse al Repro II

Las empresas y empleadores que quieran solicitar el beneficio deben:

  • Ingresar al sitio web de Afip con clave fiscal: https://www.afip.gob.ar/

  • Entrar al servicio Repro II
  • Confirmar los datos de la facturación interanual y descargar la nómina con los trabajadores que podrán ser beneficiados.
  • Se le redigirá al sitio web del Ministerio de Trabajo. Completar los datos que solicita
  • Se generará un comprobante de inscripción con el número de trámite, que será enviado por ventanilla electrónica de Afip.

  • El Ministerio de Trabajo notificará las novedades respecto a la incorporación al Programa a través de la ventanilla electrónica del sitio web de la Afip. Si la solicitud es rechazada, se le informará al empleador el código del motivo del rechazo.

Qué información piden para el Repro II

Una vez adherido al servicio y completados los datos de facturación, se redireccionará a la página del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para completar la siguiente información:

  • Balance del último ejercicio, firmado y certificado por el Consejo Profesional actuante. Este requisito es únicamente para las entidades obligadas a la presentación de balance contable.
  • Informe Socio – Económico – Laboral con indicadores financieros, económicos y patrimoniales de la empresa. Se solicitarán, entre otros, los índices de liquidez corriente y de endeudamiento del año en curso y la variación porcentual interanual de las compras y las ventas.
  • Declaración jurada del empleador, en la que deberá dar fe de la veracidad de la información plasmada en el informe. Si la empresa cuenta con 800 o más trabajadores, la declaración jurada deberá ser firmada por un profesional contable y legalizada por el Consejo Profesional actuante.

Qué es el Repro II y cuánto se cobra

El Repro II consiste en el pago de una suma mensual por cada relación laboral existente, incluyendo a los trabajadores con contratos de temporada. El monto se acreditará directamente en la CBU de los trabajadores y trabajadoras de las empresas beneficiarias.

El monto que cubrirá el Estado a los empleadores por trabajador será de 18 mil por empleado para los salarios correspondientes de abril para firmas de rubros considerados críticos. En el caso de que la remuneración neta percibida por el trabajador sea inferior a ese valor, el subsidio será igual a la remuneración neta que surja del Formulario 931.

A partir de ahora, el monto de la asistencia dependerá de la actividad por la cual se solicite el beneficio:

  • Sectores no críticos: $9.000
  • Sectores críticos: $ 12.000
  • Sector salud: $18.000

Se considerará como referencia al mes de marzo de 2021 para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios. El Gobierno no pagará la asistencia a aquellos empleadores alcanzados por el aporte solidario y extraordinario que no cumplan con su obligación.

Qué pasa en caso de información "inconsistente"

El Ministerio de Trabajo aclaró que en caso de "grave inconsistencia" entre la información de facturación declarada en el formulario Repro II y la obrante en el registro de la Afip, se exigirá la devolución de los montos de los beneficios otorgados.

Las empresas pueden dirigir sus consultas a través de los canales habilitados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social:

Programa de asistencia al sector gastronómico

El programa de ayuda a gastronómicos independientes del  Ministerio de Trabajo ya fue oficializado y se puede comenzar a solicitar desde este lunes 26 de abril hasta el viernes 30. El beneficio, que abarca a monotributistas y autónomos, incluye el pago de una suma de dinero para asistencia económica y tiene una serie de requisitos con los que hay que cumplir para poder acceder.

 

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