alberto fernandez
SEGUNDA OLA DE CORONAVIRUS

Alberto Fernández extendió las restricciones hasta el 21 de mayo

En las zonas de "alarma epidemiológica y sanitaria", como el Área Metropolitana de Buenos Aires, las clases serán solamente a distancia y no se podrá circular entre las 20 y las 6.

Esta mañana, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, emitió un mensaje en el que confirmó que las medidas de restricción se extenderán hasta el 21 de mayo en las zonas de "alarma epidemiológica y sanitaria". El primer mandatario indicó que se hizo una división de cuatro categorías en los distintos lugares del país: situación de bajo riesgo, riesgo medio, alto riesgo epidemiológico y alarma epidemiológica y sanitaria; esto en relación al aumento de casos en últimos 14 días, cantidad de casos sobre población y ocupación de camas de terapia intensiva.

Medidas generales para todo el país

Se suspenden los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos; se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas; suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio

En esta categoría entran las ciudades de más de 40.000 habitantes o con entre 50 a 150 casos cada 100.000 habitantes. Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico alto

Ciudades de más de 40.000 habitantes o con más de 150 casos cada 100.000 habitantes. Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; se prohiben las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas y la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas. Está prohibida la apertura de casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.

Anunció también que se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar. Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Medidas para zonas de alerta sanitaria y epidemiológica

Suspenden centros comerciales y shoppings; también las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados; cierre de locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno. Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. Se prohíben los deportes grupales, casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 

Luego de las 19, los locales gastronómicos podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre. Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar. Transporte público solo para esenciales y autorizados.

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