LEY

Impuesto a la riqueza: los puntos más polémicos de la reglamentación

El impuesto a la riqueza o “aporte extraordinario” tuvo ayer su reglamentación publicada en el Boletín Oficial tras la aprobación de la ley, aunque el nuevo paso sumó algunos puntos cuestionables. El punto que más preocupó a asesores fiscales apenas se conoció la reglamentación es la interpretación de que incluye a los trust irrevocables como activos gravados. Se trata de un fideicomiso que no vuelve más al aportante, que pierde el control directo de ese dinero. Por estas características, esta figura fue un boom cuando comenzó a rumorearse que subirían las alícuotas de Bienes Personales para bienes en el exterior (como finalmente terminó sucediendo a inicios de 2020) para evitar el gravamen. 
“Parece que se continúa con la intención de alcanzar por el impuesto a los aportes a los trust irrevocables cuando el fiduciante ya no puede disponer de ellos ni tomar decisiones sobre estos; seguramente será uno de los aspectos que llegará a la discusión judicial”, asegura Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
Además, añade Luciano Cativa, socio de FB Tax Legal, hay detalles “cuestionables”, como la posibilidad de que los aportes del trust hayan dejado se ser activos financieros. “Uno piensa naturalmente que el aporte es dinero, pero este activo hasta el 18 de diciembre (fecha de promulgación de la ley) puede haberse transformado en otro tipo de activo, por lo que puede ser dificultado de alocar a un porcentaje a los titulares directos o indirectos”, señala.
Sin embargo, aún no está del todo claro cómo se implementará este punto. Por caso, según Kpmg, si se trata de un trust revocable, se considerará como parte de la base imponible, pero si el aporte se hace a una estructura irrevocable, la consultora entiende que esos bienes aportados “ya no forman parte del patrimonio del sujeto aportante”.