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La Corte confirmó que es constitucional el juicio por jurados en las provincias

La confirmación de la Corte se dio con dos votos en contra, uno concurrente y otro en disidencia.

Este jueves, la Corte Suprema confirmó el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular de la provincia de Neuquén, que había condenado a prisión perpetua a tres autores de homicidio por un delito cometido en la ciudad capital de esa provincia en 2013. Por mayoría, se rechazó el planteo y se confirmó la constitucionalidad de la ley provincial. En disidencia, Carlos Rosenkrantz , el presidente del cuerpo, desestimó el recurso de queja.

La justicia neuquina había rechazado los planteos formulados por las defensas de los acusados el caso llegó a la Corte. Mediante la resolución, con las firmas de Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, se rechazó un recurso interpuesto por uno de los imputados en ese caso, Mariano Canale.

Durante el trámite de la causa, entró en vigencia la ley provincial que habilitó los jurados populares, y el 3 de julio de 2014 un jurado popular los encontró culpables por el delito de homicidio agravado por su comisión con armas de fuego y con el concurso premeditado de dos o más personas.

En ese proceso por jurados, ocho de los doce integrantes del jurado votaron por la culpabilidad de Canale y Castillo, mientras que nueve lo hicieron por la de Alex Obreque Varas.

Los imputados Obreque Varas y Castillo cuestionaron la instauración del juicio por jurados y la objetaron porque la ley provincial de jurados populares entró en vigencia durante la tramitación de la causa.

Maqueda y Lorenzetti rechazaron que se violara la garantía del juez natural del caso y descartaron que la existencia de votos disidentes en el jurado pudiese alcanzar para demostrar la violación al principio de inocencia. De esta manera, explicaron que la voluntad popular que entraña el veredicto del jurado también puede expresarse mediante una mayoría válida sin conculcar la Constitución Nacional.

Rosenkrantz sostuvo que el recurso es inadmisible por la conducta de los acusados. A su vez, afirmó que los imputados recién cuestionaron el juicio por jurados después del veredicto. Consideró que las defensas nunca cuestionaron, la realización del juicio frente a un tribunal constituido por jurados populares, ni objetaron las normas que lo regulan o las reglas e instrucciones que el juez profesional impartió a los miembros del jurado.

Según Rosenkrantz, el planteo resulta contradictorio con la conducta asumida por los recurrentes en el proceso. Mientras que Rosatti rechazó el recurso y dijo en defensa del juicio por jurados que es una herramienta generadora de ciudadanía. 

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