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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

El 2x1 no se aplicará en lesa humanidad

Highton, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti votaron contra la aplicación del beneficio. El Presidente indicó que es viable.

La Corte Suprema de la Nación resolvió que la ley que computa dos días de detención por cada uno de prisión sin condena firme es inaplicable para los juzgados por delitos de lesa humanidad o que no hubieran estado presos durante la vigencia de esa norma.
El máximo tribunal tomó esa decisión ante el recurso extraordinario presentado por Rufino Batalla, condenado a 12 años de prisión por su participación en el centro clandestino de detención y tortura “La Cacha”, que funcionó durante la última dictadura militar en las afueras de La Plata.
Votaron contra la aplicación del beneficio los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, en tanto que el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, lo hizo a favor del condenado.
La ley 24.390, también conocida como del “dos por uno”, fue derogada en 2001, pero el 3 de mayo de 2017 la Corte la empleó en el caso del sindicado represor Luis Muiña, teniendo en cuenta el principio del derecho penal que impone la aplicación de normas más benigna a favor del reo. 
La solución en el “caso Muiña” había sido tomada por mayoría de tres a dos: entonces los votos de Highton, Rosatti y Rosenkrantz se impusieron a los del entonces presidente Lorenzetti y Maqueda.
Una semana después de esa sentencia, el Congreso Nacional aprobó la ley 27.362, “aclaratoria” o “interpretativa” de la anterior, la que en forma explícita excluyó del beneficio a los condenados por delitos de lesa humanidad.
La ley 27.362 restringió el alcance del “dos por uno” al establecer que ese beneficio “no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio, o crímenes de guerra”.
En mayo último, a un año del “caso Muiña”, la Corte rechazó aplicar la ley 24.390 a Jorge Humberto Appiani, un ex militar y abogado condenado a 18 años de prisión por secuestros y torturas, pero la declaración de inadmisibilidad no se expidió sobre el fondo de la cuestión.
La defensa de Batalla había pedido la concesión del beneficio luego del dictado del fallo en el “caso Muiña”.
En el “caso Batalla”, Highton y Rosatti sumaron sus fundamentos a los de Lorenzetti y Maqueda, que reiteraron sus convicciones, expresadas cuando, hace un año y medio, votaron en minoría.
La mayoría se expidió sobre la validez de la ley 27.362, a la que se citó también como “correctiva” y cubriendo un “vacío” que sirvió para que la Argentina cumpla con compromisos internacionales que imponen investigar y juzgar los delitos de lesa humanidad.

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