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Blanqueo de capitales: la AFIP reglamentó moratoria impositiva

Las presentaciones correspondientes deberán hacerse entre el 1 de agosto de 2016 y 31 de marzo de 2017 inclusive, según fue publicado en el Boletín Oficial.

La AFIP reglamentó este viernes la moratoria impositiva que lanzó ese organismo en el marco del blanqueo de capitales, que incluye deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social y que estará vigente desde el lunes próximo.

A través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial, el ente recaudador estableció que para adherir al "Régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras", deberán hacerse las presentaciones correspondientes entre el 1 de agosto de 2016 y 31 de marzo de 2017 inclusive.

Según lo dispuesto, la moratoria no alcanza a deudas relacionadas con aportes de la seguridad social, ART y seguros de vida obligatorios. Además, el beneficio se caerá cuando falte la cancelación de tres cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la tercera de ellas, o ante la falta de ingreso de las cuotas no canceladas, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Asimismo, la AFIP dispuso que no podrán adherir a la moratoria quienes hayan declarado quiebra, los condenados delitos comunes, que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias. También están excluidos los procesados, aún cuando no estuviera firme en delitos contra el orden económico y financiero; estafa y otras defraudaciones; usura; falsificadores de marcas, y acusados de encubrimiento al adquirir, recibir u ocultar dinero, cosas o efectos provenientes de un delito, además de homicidio por precio o promesa remuneratoria, explotación sexual y secuestro extorsivo establecido.

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