El Gobierno nacional extendió el cupo que tienen los bancos para invertir sus depósitos en títulos públicos nacionales, y lo fijó en el máximo de colocaciones de la cartera que cada institución tiene en moneda local.
Lo hizo a través del Decreto 1.653/2015, publicado ayer en el Boletín Oficial, y que lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y del ministro de Economía, Axel Kicillof.
En el mismo, se modificó el artículo 10 del Decreto 540 del 12 de abril de 1995 y sus modificatorios, que establecía que los recursos del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) podían ser invertidos en condiciones similares a las fijadas para la colocación de las reservas internacionales de divisas del Banco Central, aunque hasta un 50% de los bienes en títulos públicos nacionales.
TÍTULOS PÚBLICOS
COMENTARIOS