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Las fumigaciones con fitosanitarios ahora tienen restricciones en la zona de Pergamino.
CONTAMINACIÓN DE NAPAS EN PERGAMINO

La Justicia establece límites a las fumigaciones con agroquímicos

El juez Villafuerte Ruzo ordenó fijar "un límite restrictivo y de exclusión de 1.095 metros para las aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para las aéreas" de plaguicidas.

Tras el inicio de una causa judicial, el juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, dispuso que las fumigaciones aéreas en Pergamino deben conservar una distancia de 3.000 metros entre el límite del terreno de cultivo y la planta urbana, y que esta diferencia tiene que ser de 1.095 metros en el caso de aplicaciones terrestres, entre otras regulaciones sobre el uso de plaguicidas en ese partido del norte bonaerense.
En la resolución, el magistrado ordenó fijar "un límite restrictivo y de exclusión de 1.095 metros para las aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para las aéreas" de plaguicidas. El juez explicó que la medida comprende el "no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos.
En el fallo se nombran los plaguicidas que no podrán aplicarse fuera del área establecida: "Atrazina, Triticonazol, Metolaclor, Acetoclor, Clorpirifos, Glifosato, Imidacloprid, Desetil, 2.4D; y de los siguientes formulados comerciales RoundUp Full II, RoundUp Max II y RoundUp Ultramax".
En la resolución judicial también se ordena "suspender provisionalmente las autorizaciones de aplicaciones para futuras fumigaciones y/o pulverizaciones en la totalidad de la ciudad de Pergamino" en la medida en que no respeten los límites establecidos. Villafuerte Ruzo también requirió al intendente de Pergamino, Javier Martínez (Cambiemos), que informe respecto de la "totalidad de los pueblos de campaña de ese distrito, la cantidad de habitantes y establecimientos rurales educativos asentados el partido, "a los efectos de fijar los parámetros de distancia que resulten más adecuados" para las fumigaciones.

Riesgo para la población
La causa judicial fue impulsada por dos querellantes, Florencia Morales y Sabrina del Valle Ortíz, quienes solicitaron que se ampliara una medida precautoria ordenada por el juez a fin de evitar el riesgo de daño a los habitantes de la ciudad de Pergamino, "sobre todo a los niños, a toda la región, pueblos de campaña y escuelas rurales". En el fallo se citan "estudios de genotoxicidad obrantes en el expediente" respecto de la presencia de "daño genético en los organismos de las personas". 

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