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LIGA NACIONAL DE BÁSQUETBOL

Los jugadores se sindicalizaron

La Asociación de Jugadores de Básquet logró este jueves 13 de septiembre que se promulgara su Sindicato, después de mucho trabajar para ello. En el boletín oficial de la fecha se detalla la normativa donde queda expuesto el siguiente texto:
“MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE JUGADORES DE BÁSQUETBOL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SI.JU.BA.RA.), APROBADO POR RESOL-2018-262-APN-MT.
ARTÍCULO 1: Denomínese “SINDICATO DE JUGADORES DE BÁSQUETBOL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SI.JU.BA.RA) al Sindicato de trabajadores de primer grado, cuyo ámbito personal de representación abarca a todos los jugadores de básquetbol de la República Argentina que se obliguen por tiempo determinado a jugar al básquetbol a cambio de una remuneración, y que se encuentren integrando equipos de una entidad deportiva reconocidos por las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones o cualquier otro organismo, que regulen la actividad basquetbolística en la República Argentina. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. El Sindicato fija su Domicilio en Av. Rivadavia N° 2069 Piso 4to. A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2: La zona de actuación del Sindicato es toda la República Argentina.
ARTICULO 21: Las autoridades del Sindicato son: La Asamblea General de Afiliados.
La Comisión Directiva.
ARTICULO 44: La Dirección y administración del Sindicato será ejercida por una Comisión Directiva, compuesta por siete (7) secretarios titulares, dos (2) Vocales titulares y dos (2) vocales suplentes. Los mismos serán elegidos por el voto directo y secreto de sus afiliados.
El mandato de la Comisión Directiva es por el término de cuatro (4) años, pudiendo ser reelectos.
ARTICULO 48: La composición de la Comisión Directiva, será la siguiente: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Organización, Secretario de Asuntos Laborales, Secretario Tesorero, de Finanzas y Administración, Secretario de Acción Social, Secretario de Capacitación, Cultura y Difusión, 2 vocales titulares.
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

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