La situación de las franquicias, un reclamo de larga data por parte de profesionales.
La situación de las franquicias, un reclamo de larga data por parte de profesionales.
SIENTA UN PRECEDENTE

Satisfacción en el Colegio de Martilleros por un fallo contra las franquicias inmobiliarias

Aseguran que sentará jurisprudencia en torno al ejercicio ilegal de la profesión que los colegiados reclaman desde hace tiempo. El presidente del Colegio de nuestra ciudad, Daniel Di Palma, señaló que la resolución tiene que ver con “la imposibilidad en la delegación de las actividades de la intermediación”.

Los martilleros de la Provincia de Buenos Aires celebraron un fallo judicial de la Cámara Civil y Comercial N°13 de Mar del Plata contra las franquicias inmobiliarias.

El fallo, aseguran, sentará jurisprudencia en torno al ejercicio ilegal de la profesión que los martilleros vienen reclamando desde hace tiempo.

Consultado el presidente del Colegio de Martilleros de nuestra ciudad, Daniel Di Palma, señaló que “puntualmente el fallo tiene que ver con la imposibilidad en la delegación de las actividades de la intermediación” ya que son “personales e indelegables”. 

Desde el Colegio de la Provincia resaltaron la ratificación de la Justicia en torno a la vigencia de la Ley 10.973, en la que destaca, entre otros términos, que “la profesión no se delega, ni puede ser ejercida por personas no habilitadas”.

 

Un fallo clave

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Segunda de Mar del Plata, rechazó la demanda de Gilda Flora Clauso, titular de Remax Arena, en una causa por Cumplimiento de contratos civiles y comerciales. 

Según plantea el Colegio provincial, “el accionar de Gilda Clauso, sancionado por la Justicia por estar reñido con la Ley, se evidencia también en su página web, donde dice una cosa, y hace absolutamente la contraria, mintiendo deliberadamente a los visitantes del sito y potenciales clientes”. 

En ella señala que “todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo”. Y desde el Colegio fueron tajantes: “Afirmamos que eso es falso porque no cumplió con esa exigencia”. 

Así lo confirma la resolución al rechazar la demanda que señala que “las funciones esenciales de la intermediación inmobiliaria deben ser entendidas como eminentemente personales e indelegables, por lo que no puede ser encomendada a un dependiente, ni menos todavía, a un tercero extraño, en este caso los mal denominados, agentes”. 

En ese sentido Di Palma señaló que “los martilleros y corredores públicos habilitados en los departamentos judiciales correspondientes, los 20 de la provincia de Buenos Aires, tienen la potestad, tienen derechos y obligaciones en el ejercicio profesional, todo ello dentro del marco de la ley provincial 10.973, artículo 53, inciso ‘k’, en torno a las funciones esenciales de la intermediación inmobiliaria” que, como se dijo “no pueden ser delegadas, son eminentemente personales e indelegables”.

“Esto es una cuestión básica y es donde cae, en todo sentido, esta falacia que aparece en las publicidades y en las redes, en manos y a nombre de agentes que son personas no autorizadas. Son agentes o colaboradores, como les llaman en estas franquicias, sin autorización para la profesión que regula y delega el Estado en los colegios profesionales”, remarcó Di Palma y añadió, “entonces queda fuera del Estado, fuera del radar estatal que posibilita el control de la matrícula”. 

 

Precauciones

Cabe destacar que “el término de agentes inmobiliarios es un fraude a la Ley”, según indica el fallo judicial marplatense. 

Otra parte de la Sentencia revela que “tras la máscara de comportamientos aparentemente lícitos (o presentados como tales) por medio de los cuales se arriba, se genera o se promueven resultados, prácticas o estados de cosas expresamente reprobados por el ordenamiento jurídico”.

También pone sobre la lupa las actuaciones en materia de estudios de factibilidad, tasaciones, estudio de títulos y pedidos de informes, que promueven los agentes, los cuales son "trabajos reservados a un corredor público".

En consonancia con las recomendaciones del Colegio provincial, Di Palma recordó a la ciudadanía “tomar precaución, constatar los padrones oficiales de los listados que nosotros publicamos en los medios, en los diarios gráficos, en las páginas, en las redes de los martilleros habilitados, ya que de lo contrario, podemos estar dejando los activos inmobiliarios o los bienes particulares, familiares o comerciales en manos de gente que no está habilitada para la transmisión o para la intermediación entre las partes”.

 

Profesionalización

La ley nacional 25.028 estableció la necesidad de contar con un título universitario habilitante para el ejercicio del corretaje inmobiliario. 

Tal camino de profesionalización fortaleció en la provincia de Buenos Aires a la ley 10.973, que establece que los martilleros deben estar habilitados e inscriptos en la matrícula del Colegio respectivo, delegando en ellos el control de la matrícula y la potestad disciplinaria. 

Ante ello, los Colegios de Martilleros argumentan que los corredores inmobiliarios solo pueden asociarse con otros profesionales, pero no con una marca, una franquicia o un particular no matriculado.

 

En la Región

Tiempo atrás, Fabián Acerbo, presidente del Colegio de Martilleros de Pergamino, se mostró ante Democracia sumamente preocupado por la situación en su distrito y no dudó en decir que “son cuestiones políticas”. “En Pergamino hay una sola persona que presta el nombre a Remax, que es una colegiada de nuestro Departamento Judicial. Por eso iniciamos las causas como corresponde y tenemos seis causas contra esta colegiada”, reveló.

Entre las mismas se encuentran algunas que son de Pergamino, pero también de Junín, porque la colegiada a la que hace mención Acerbo “puso carteles de Remax en Junín, Rojas y otras ciudades”. “Es por eso que nos emitieron el expediente. Muchos fallaron también a favor nuestro, pero ahora ellos hicieron una apelación de un recurso extraordinario a la Suprema Corte para demorar la causa. Hasta que no tengamos sentencia definitiva no podemos clausurar la oficina”, aclaró.

En el partido de Pergamino aún no se ha dictado una ordenanza que resguarde el trabajo profesional de los martilleros, a diferencia de otros municipios como Junín, Mar del Plata y Tandil. Es más: hace dos años el Colegio presentó un proyecto que fue tratado por una comisión, pero los miembros de la misma decidieron “pasarlo a archivo”.

Con relación a la situación de Remax, Acerbo puntualizó que “es una multinacional que tiene muchos agentes, pero no están a cargo. Es como si yo abro una clínica y pongo 20 o 30 personas a que atiendan como si fueran médicos y en realidad no lo son”.

En cuanto al pase a archivo de lo presentado por el Colegio de Martilleros de Pergamino ante el Concejo Deliberante, Acerbo no dudó en expresar que “fue una vergüenza lo que sucedió”. Y disparó: “Seguramente vino alguna orden política, porque ya teníamos todo consensuado con los concejales”.

“Ahora estamos trabajando en un proyecto que aún es más lapidario para la reforma de la ley donde directamente prohíbe la franquicia en las provincias de Buenos Aires. Así que estamos trabajando en eso y, conjuntamente con el Colegio de Junín, un colegio hermano, estamos haciendo tareas en conjunto. Vamos a llegar a buen puerto”, adelantó.

 

Los municipios como barrera

En Tandil, también se rechazaron los intentos de derogar dos ordenanzas que prohíben los carteles de franquicias de negocios inmobiliarios y fijan multas. “Nuestra función es indelegable”, advirtió Enrique Alewaerts e instó a cumplir la Ley 10.973. Expuso que denunciaron penalmente a veinte agentes de una de las empresas e iniciaron procesos ante el tribunal de disciplina a tres matriculados.

En la misma línea, el Colegio de Martilleros de San Nicolás es otro de los más combativos contra las franquicias. En tal sentido, advirtieron que "contratar personas que trabajan en la ilegalidad pone en riesgo su operación inmobiliaria" e indicaron que "se ha creado un Consejo de Fiscalización en el que se reciben las denuncias, se realizan las investigaciones y se les da el curso que ameriten".

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