LAS MULTAS ASCIENDEN A $ 424

Nueva ordenanza sobre la acumulación de materiales en la vía pública

Sólo se permitirá la acumulación de los mismos en los inmuebles que se encuentren en obra, en los casos y bajo las condiciones previstas por el Reglamento de Construcciones.

La Municipalidad de Junín hizo saber que está prohibido la acumulación y/o depósito de material de escombro, tierra y desechos en la vía pública, entendiendo a esta como las calzadas y aceras.

Sólo se permitirá la acumulación de estos materiales en los inmuebles que se encuentren en obra, en los casos y bajo las condiciones previstas por el Reglamento de Construcciones.

Por eso, los materiales que deben ser retirados de los inmuebles podrán ser colocados sobre la acera, debidamente embolsados, en paquetes que no superen los 20 kg y en no más de 5 para su retiro.

Poda

En tanto, para lo producido por la poda de árboles, con la debida autorización municipal, deberán ser colocados sobre la acera con una antelación no mayor de 24 hs, al retiro por parte de la empresa de recolección de residuos.

En todos los casos anteriores, para el retiro de los materiales mencionados, se autoriza la colocación sobre la calzada de contenedores, y/o el retiro de los mismos mediante los vehículos adaptados para tal fin, o de tipo volcador, los cuales no podran superar en ningún caso los 4500 kg.

Sanciones

Las sanciones para este tipo de infracciones se aplicarán a los propietarios o al tenedor del inmueble y en el caso de la acumulación de material de escombro, tierra y desechos en la vía pública se aplicará una multa de 1 módulo ($ 424).

Con respecto a esta ordenanza, fuentes municipales indicaron que «estas normativas se tomaron por varios motivos, pero lo principal es por la seguridad de las personas que se trasladan en sectores en donde se encuentran este tipo de materiales. También para ordenar y mantener limpia la ciudad y para que las personas que realizan algún tipo de obra o de limpieza de sus propiedades saquen este tipo de materiales en tiempo y forma según lo establecen las ordenanzas».

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