Contadora Lorena Linguido, secretaria de Hacienda y Finanzas.
Contadora Lorena Linguido, secretaria de Hacienda y Finanzas.
IMPUESTOS MUNICIPALES

Importantes beneficios impositivos para jubilados y pensionados en pago de tasas

Para acceder a los mismos es necesario no tener deudas en el pago de las tasas municipales. En caso de renovación de dichos beneficios no es necesario realizar el trámite con la documentación mencionada.

Desde la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de Junín destacaron que aquellas personas que cobren hasta dos jubilaciones o pensiones mínimas tendrán 100% de descuento impositivo en la tributación de las tasas, mientras que las que perciban hasta tres, tendrán un 70% de rebaja. 

Para acceder a los beneficios deben iniciar los trámites en Rivadavia 80, mesa de entrada en planta baja, presentar copia del DNI, de los recibos de haberes de la escritura de la casa donde se reside y el RUB del Anses.

Es necesario no tener deudas en el pago de las tasas municipales y en caso de renovación de dichos beneficios no es necesario realizar el trámite con la documentación mencionada.

A propósito de esto, la contadora Lorena Linguido, secretaria de Hacienda y Finanzas del Municipio, manifestó: “Este año nuevamente tenemos beneficios para todos los jubilados y pensionados, lo que dispone la nueva ordenanza es que quienes cobren hasta dos jubilaciones mínimas van a tener un 100% de descuento en el pago de las tasas, es decir, que quedarán exentos del tributo de las mismas; mientras que quienes tengan hasta tres jubilaciones mínimas van a tener un 70 % de descuento”.

“Para acceder a este beneficio que no es automático, las personas interesadas deben iniciar el trámite correspondiente en el edificio de Rivadavia 80, en planta baja y por mesa de entrada, iniciar un expediente sin costo en el que debe adjuntar fotocopia del DNI, de los recibos de haberes y en el Anses debe solicitar el RUB (Registro Único de Beneficiario), y una negativa de Anses misma”, afirmó la funcionaria.

Seguidamente, Linguido explicó que “si es por primera vez que se inicia el trámite debe constatar también de la escritura de la casa en la que se reside, con una copia de dicho documento, en tanto que, si se tiene que simplemente renovar el beneficio, este último paso no lo tiene que hacer”. Además, sostuvo que “en el trámite inicial va a completar una planilla y, lógicamente, no tiene que tener deudas en el pago de sus tasas”.

“Hay que tener en cuenta que este trámite tiene una fecha de inicio y de cierre, comienza a partir del 2 de enero y tienen plazo hasta el 31 de marzo”, concluyó.

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