DEFICIT HABITACIONAL EN JUNIN

Aseguran que hay más de 300 propiedades usurpadas

Funcionarios y dirigentes coinciden en calificar la situación como “preocupante”. Reclamos por las dificultades para llevar adelante los desalojos. Cuál es el papel del Municipio y qué soluciones está aportando.

El número creciente de viviendas usurpadas en nuestra ciudad configura un tema de gran preocupación para las autoridades municipales y representantes de organizaciones intermedias.
En ese marco, desde la Federación de Sociedades de Fomento se estima que son más de 300 las propiedades que se encuentran tomadas en los distintos barrios de Junín, si se tiene en cuenta las casas y los terrenos.
Esta situación alarma tanto a los representantes barriales como a los funcionarios que coinciden en calificarla como “preocupante”, puesto que es un panorama que provoca los lógicos reclamos de los propietarios que no pueden hacer uso de sus bienes, así como algunos inconvenientes en cuanto a la convivencia social.

El panorama

De acuerdo a las diferentes versiones y análisis, el déficit habitacional de Junín se estima entre 3.000 y 6.000 viviendas.
Como consecuencia directa de este fenómeno, las usurpaciones de propiedades se hicieron cada vez más frecuentes y el número de afectados crece día a día.
El presidente de la Federación de Sociedades de Fomento, Ricardo de la Fuente, asegura que “en Junín son más de 300 las propiedades usurpadas, si se suman las casas y los terrenos”.
Para el dirigente barrial, se trata de una situación que tiene “una gravedad impresionante, para la que las autoridades municipales y provinciales no tienen vocación de solución”.
Por su parte, el secretario de Salud y Acción Social, Rubén Rasso, reconoce que no hay cifras oficiales de este fenómeno y considerar que los casos que ingresan en su dependencia son “cuatro o cinco por mes”.
El funcionario coincide en que el panorama en este sentido “es preocupante”, aunque aclara que desde su dependencia se trabaja en conjunto con la Justicia para paliar el problema: “Nosotros recibimos los oficios del juzgado interviniente en cada caso y hacemos un trabajo de mediación para tratar de evitar una situación violenta en el desalojo”.
Según cuenta, una vez lograda la devolución del inmueble, el procedimiento continúa con la asistencia a las familias con la venta de lotes a precios accesibles, además de la entrega de materiales para que puedan hacerse su propia casa. “Se trata de una ayuda”,  remarca Rasso, estableciendo diferencia con el asistencialismo o la dádiva.

Conflictos

Este diario consultó a más de 30 presidentes de sociedades de fomento y la mayoría de ellos admitieron que conocen casos de este tipo en su propio barrio, aunque a ninguno de ellos se les pidió datos concretos, dado que se trata de un tema muy sensible para la convivencia cotidiana.
No obstante, muchos dijeron que efectivamente existen casas o terrenos usurpados en sus vecindarios, con distintas alternativas: desde el caso de una manzana completa tomada hasta los que llevan décadas -literalmente- en una vivienda en situación irregular.
De la Fuente advierte que en reiteradas oportunidades este tema genera algunos inconvenientes en la armonía vecinal: “Hay casos en los que se ve una conducta antisocial y poco solidaria, en donde el individuo que está usurpando un inmueble está ‘enganchado’ de la luz, ‘colgado’ del cable, y hasta hubo casos en los que se conectaron de manera clandestina a la red de gas natural”.

Sin respuestas

Un reclamo recurrente que escuchan los dirigentes barriales por parte de los propietarios, tiene que ver con la dificultad para lograr que se desocupen las viviendas usurpadas.
Uno de los fomentistas puso como ejemplo su propio caso: tiene una propiedad personal que está ocupada de manera ilegal desde hace siete años y el trámite judicial aún sigue su curso sin lograr el desalojo.
Otro dirigente asegura que se enteró que en una oportunidad, el dueño de un inmueble usurpado, cansado de las dilaciones y la falta de respuestas, contrató “un grupo de matones de Junín” para que sacaran a los intrusos, cosa que logró con este cuestionable método.

Un tema urgente

Es evidente que este tema requiere que sea tratado de manera inmediata, con un abordaje que integre distintos estamentos sociales, judiciales y políticos.
Para de la Fuente, más allá de reconocer que el déficit habitacional es grave, el tema de las propiedades usurpadas “es solucionable, si hubiera voluntad política para hacerlo, pero eso no se ve”.
Por su parte, Rasso insiste en remarcar que la oficina que él dirige trabaja en conjunto con la Justicia y comenta lo que se está haciendo actualmente: “En este momento estamos dando solución al problema de dos terrenos muy grandes que están tomados, uno sobre Camino del Resero y Avenida La Plata, y el otro que está en Pastor Bauman y Payán. Entre ambos lotes suman unas cuarenta familias, con las que se está trabajando para su reubicación. Además, en los últimos meses se vendieron en Junín unos 120 lotes a gente en esta situación, con facilidades para los compradores, más los que se entregaron en los pueblos del partido, que suman otros 40 o 50”.

¿Qué dice la ley?

El delito de usurpación está contemplado en el artículo 181 del Código Penal, que establece pena de prisión de seis meses a tres años a quien “por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro de la posesión o tenencia de un inmueble”, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes.
Al sufrir tal delito, el desposeído deberá efectuar la denuncia correspondiente, y el fiscal determinará si existen motivos suficientes para dar curso a la acción.
En su caso, el imputado será citado y se le brindará la oportunidad de defenderse. Allí entran a jugar cuestiones de hecho, y debe destacarse que los Tribunales han oído variedad de defensas. La presencia de menores es una recurrente. También se apela a la existencia de contratos de locación no documentados.
En vista a estas defensas, en 2006 se incorporó el artículo 231 bis al Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires, que autoriza al damnificado y al fiscal a pedir la restitución del bien en forma inmediata, aún antes de la declaración del imputado, cuando las circunstancias hacen evidente la existencia de una usurpación.

 

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