Suba de los alquileres en enero.
Suba de los alquileres en enero.
INCREMENTOS ANUALES EN ALQUILERES

En enero subió el alquiler un 52,21 por ciento, según índice del Banco Central

Para los contratos que cumplieron un año al 31 de diciembre, rige este mes un nuevo aumento que tendrá vigencia durante todo el año 2022, según el índice indicado en la Ley de Alquileres vigente.

En cumplimiento de la Ley de Alquileres vigente, la renovación de los contratos y la firma de los nuevos traen consigo nuevo aumentos, en este mes, superó el 50 por ciento.

De acuerdo al Índice de Contratos de Locación (ICL) elaborado por el Banco Central, un alquiler promedio en este mes de enero, costará al menos un 52% ya que el ICL aumentó de 1 a 1,72. Efectivamente, quienes deban actualizar sus alquileres, deberán pagar un 52,21 por ciento más que lo que pagaron hasta diciembre.

Como se sabe, el monto está estipulado según la nueva Ley de Alquileres, y desde las inmobiliarias consignaron que, ante la falta de préstamos para la compra de viviendas, los inquilinos no tienen otra chance que aceptarlo y pagar, en tanto hay gran demanda de alquileres.

La Cámara de Inmobiliarias de la provincia de Buenos Aires dio a conocer dicho porcentaje que preocupa mucho a quienes con las paritarias no lograron alcanzar esa cifra en sus haberes mensuales, pero resulta razonable para los propietarios que saben que la mayoría de las cosas del vivir cotidiano aumentaron en ese orden.

Daniel Di Palma, presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial Junín, explicó que efectivamente se daba un fuerte incremento en los alquileres.

“Para los contratos vigentes que cumplen un año al 31 de diciembre de 2021 – dijo-, a partir de enero se le aplica un incremento del 52,21 por ciento en el valor mensual del alquiler, según la ley y del índice de contrato de locación de la Ley 27551 que emite el Banco Central”.

El profesional señaló que el valor de los alquileres viene aumentando todos los meses (para los contratos que vencen determinado mes) porque el cálculo de incremento anual se implementó a partir de la puesta en vigencia de la Ley de Alquileres que corresponde al Código Civil y Comercial, en los artículos que comprenden a la locación de vivienda y establece un incremento en promedio mensual entre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). “A partir del 1 de julio del 2021, el incremento llegó al 44 y pico por ciento. A partir de ahí, cada mes que siguió, los incrementos fueron crecientes (37, 49,50,51, y ahora del 52), para los contratos que cumplieron el primer año de vigencia desde la implementación de la nueva ley”, manifestó Di Palma

Aclaró que dicho incremento regirá para todo el segundo año de vigencia, en el caso de los que renovaron, y para los nuevos contratos también.

“Tampoco es un índice que se condice con la realidad de la inflación, es un promedio, y también deja depreciado el valor locativo para el propietario, producto de que no se ajusta a una inflación real. De todas maneras, también tenemos que entender que los sueldos e ingresos de la gente tampoco se ajustan a la inflación real. Se toman en cuenta estos índices de acuerdo a ley para los contratos de vivienda, no así lo comercial en donde al contrario, está liberado el pacto entre las partes y los incrementos que se puedan pactar”, sostuvo.

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