Integrantes de la Escribanía Cosola.
Integrantes de la Escribanía Cosola.
TRAYECTORIA PROFESIONAL DESTACADA

Escribanía Cosola, 54 años al servicio de la comunidad, brindando seguridad jurídica

“La principal función notarial actual es cumplir no solamente con la ley, sino también con el derecho, que no es otra cosa que la propia ley”, explicó el notario Sebastián Cosola.

En diálogo con Democracia, el notario Sebastián Cosola, se refirió al surgimiento de la Escribanía de la mano de su padre, Eduardo Justo Cosola, desde que se recibió de escribano en 1967.

“Mi padre, Eduardo Justo Cosola, obtiene el título de escribano durante el transcurso del año 1967, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata. Casi al tiempo de su graduación, es convocado para iniciar sus primeros pasos en la escribanía Palma de esta ciudad, accediendo a la función notarial primero en carácter de adscripto, y luego en carácter de titular del Registro 7 de este Partido, en el año 1.968”, explicó el escribano Cosola. 

“Durante todo su ejercicio profesional, ocupó diferentes cargos en la Junta Ejecutiva de la Delegación Junín. Su actuación más destacada, pienso, sobre todo por el tiempo dedicado, fue la que desarrolló en el Tribunal Notarial de Ética del  Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, del cual fue tres veces su presidente (1997-1999/2000/2002 y 2005/2007 respectivamente)”, señaló.

Explicó que el Tribunal Notarial con asiento en la Ciudad de la Plata se conforma legalmente con tres miembros titulares y tres miembros suplentes. “A diferencia de otros colegios profesionales, tiene una especial naturaleza: administrativa y judicial, ya que las sentencias que emite pueden ser revisadas únicamente por la Cámara Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata. Eso lo dirigió a tener que estudiar el derecho procesal, apoyado por mi madre,  Graciela Acevedo de Cosola, que por aquellos entonces, también graduada en la Facultad platense,  desarrollaba su profesión de abogada en el Departamento Judicial de Junín. Siempre tengo muy presente, los fines de semana que venía a visitarlos desde La Plata, verlos a los dos sentados estudiando y aprendiendo respectivamente, los derechos procesales y notariales en conjunto. Mi padre  Eduardo Cosola accedió a los beneficios jubilatorios en el año 2015”, recordó.

Sebastián Cosola se convirtió en escribano adscripto de su padre en el año 2002, tiempo después de graduado en la Facultad de Derecho de La Plata.

“Desde ese entonces mi padre se ha convertido, a nivel profesional, en mi máximo referente,  sin dejar de destacar que son, en conjunto con mi madre, mis máximos referentes en todos los demás aspectos de la vida. Desde el año 2016 mi esposa, Maria Fernanda Morán de Cosola, también graduada en la Facultad de Derecho de La Plata,  accede a la función notarial en este mismo registro. Juntos ejercemos esta maravillosa profesión, tratando de continuar la escuela de ejercicio de mi padre. En definitiva, es una escribanía familiar, que se sostiene con esos principios y con todos los que actualmente la integran: nuestras queridas secretarias, Mariel Zalazar y  Viviana Torres; el abogado Nicolás Traverso y, en carácter de pasante administrativo, en muy reciente incorporación, mi hermano Juan Eduardo Cosola”, manifestó. 

La función notarial
“La función notarial es milenaria – señaló Cosola- , lo que significa que desde el inicio de la humanidad existe una persona que desempeña una función similar en naturaleza, que persigue, por sobre todas las cosas, dar autenticidad, certeza jurídica y seguridad a “los actos más importantes del desarrollo de la vida de relación”, tal como así se encuentra expresado en los fundamentos del Código Civil y Comercial de La Nación. 

“La principal función notarial actual es cumplir no solamente con la ley, sino también con el derecho, que no es otra cosa que la propia ley, y todos los valores, principios y paradigmas que muchas veces no se encuentran positivizados pero que requieren de la respuesta jurídica notarial, siempre dentro del marco de su competencia material, que es alitigiosa, sin controversia, alejada total mente del conflicto. Finalmente, decir que bienvenida la tecnología como herramienta auxiliadora del derecho; pero primero el derecho. Todo lo que no se enmarque dentro del mismo, carecerá de protección y por ende, se regulará por las conductas sociales que de alguna manera irán haciendo camino hasta que alguna ley, varios fallos jurisprudenciales, etcétera, ofrezca un marco regulatorio de esa tecnología”, explicó.

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