Actividades permitidas en Fase 5

-Industrias: Todos los protocolos establecidos por la rama industrial correspondiente; realizar controles de temperatura antes del ingreso de los trabajadores y trabajadoras; el transporte deberá ser proporcionado por los empleadores para evitar el uso del transporte público; deberán funcionar con personal local o de otros municipios que también se encuentren en Fase 5.

-Actividades comerciales y de servicios - Solo minoristas, no mayoristas: Solo en comercios de cercanía, no en avenidas comerciales ni en centros comerciales abiertos o cerrados; deberán funcionar con personal local; con protocolos por rama de actividad; uso de tapaboca obligatorio.

-Servicios de alojamiento para trabajadores esenciales: Con control de síntomas al ingreso; con registro diario de personas hospedadas; con protocolos específicos; con turnos de trabajo estables; con una persona por habitación; sin uso de espacios comunes.

-Servicios de estética personal: Iguales recomendaciones que comercios.

-Salidas recreativas: Con uso de tapabocas obligatorio; solo en espacios abiertos; bajo ningún concepto podrán reunir más de 10 personas; con una distancia máxima de 500 mts a la redonda del domicilio; de 18hs a 8 hs (no en hora pico).

-Comercios de gastronomía abiertos al público: Con protocolo; con distancia preventiva dentro del local; con una capacidad ocupada que no supere el 50% del total; con personal local; con espera fuera del comercio; con registro de clientes; todas las mesas deben tener disponible solución alcohólica al 70%

-Actividades deportivas y de esparcimiento con distanciamiento físico: Sin público; con registro de asistentes; con protocolo; y con la correspondiente desinfección de los elementos de uso común, luego de cada uso.

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