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ACTIVIDADES

El S.E.C. brindó un amplio informe sobre los locales exceptuados del aislamiento

Los comercios pueden funcionar, dentro de la franja horaria de 7 a 17, según elijan.

El Sindicato de Empleados de Comercio (S.E.C.) de Junín hizo saber ayer sobre las actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Estas son:
-Supermercados mayoristas y minoristas.
-Comercios minoristas de proximidad (almacenes y minimercados)
-Ferreterías
-Provisión de Garrafas
-Corralones (venta de insumos y materiales de la construcción) Modalidad: a puertas cerradas con ventas telefónicas u on-line.-
-Venta de maderas.
-Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
En ningún caso podrán realizar atención al público.
-Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.
-Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra y los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos en el correspondiente registro habilitado por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. (Únicamente «Servicio de cobranza» desde el lunes 13/04/2020 al viernes 17/04/2020).
En todos los casos, el S.E.C. señala que se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Los empleadores y las empleadoras
deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.
El municipio señala que en Junín los comercios pueden funcionar dentro de la franja horaria de 7 a 17. Los delivery de locales gastronómicos, todos los días de 7 a 22.
La distribución de paquetería, de lunes a viernes de 12 a 15. Sanciones
El Poder Ejecutivo Municipal, a través del Decreto Municipal N° 582 establece que todos los comercios habilitados en el marco de las actividades exceptuadas (DNU 297/2020- Art. N° 6) tendrán abiertas sus puertas en la franja horaria de 07.00 a 17.00 hs.
Dicha medida regirá durante la vigencia de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
El incumpliendo a dicha obligación da lugar a clausura del local y/o establecimiento por el tiempo que establezca la Autoridad de aplicación (Juzgado de faltas), y demás sanciones que la Justicia Federal determine.
En caso de incumplimiento del horario fijado podrá realizar la denuncia mediante línea telefónica 132.

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