None
CORONAVIRUS

Realizan controles en la vía pública para garantizar el aislamiento total

“Recordá que no respetar la cuarentena es poner en riesgo a todos, pero además es un delito. Cumplamos el aislamiento social obligatorio”, afirmó el intendente Pablo Petrecca.

Las fuerzas policiales se encuentran realizando controles rotativos en toda la ciudad de Junín con el fin de garantizar el aislamiento total que anunció ayer el presidente Alberto Fernández, para evitar el avance del coronavirus.

“Recordá que no respetar la cuarentena es poner en riesgo a todos, pero además es un delito. Cumplamos el aislamiento social obligatorio”, afirmó el intendente Pablo Petrecca.

Decreto

El Decreto 297/2020 de "Aislamiento social preventivo y obligatorio" contiene 14 artículos donde se marcan las restricciones que implica la cuarentena total como no asistir a los trabajos, los controles en rutas, las sanciones y detención de vehículos.

"Hicimos mucho esfuerzo para que la gente comprenda que se tenía que aislar. Suspendimos las clases, promovimos el trabajo a distancia, dictamos asuetos administrativos. Y sin embargo seguimos teniendo problemas de gente que no entiende que no se puede circular porque expone al otro", explicó Alberto Fernández​ el jueves, durante la declaración a la prensa en la que anunció las medidas.

En el DNU, el Gobierno advierte que "las medidas que se establecen en el presente decreto resultan las imprescindibles, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrentamos".

Por eso, en un par de anexos, detallaron las indicaciones para el distanciamiento social que regirá por los próximos 11 días:

- Distancia interpersonal mínima de 1 metro.

- No más de una persona cada un metro cuadrado.

- No realizar eventos y/o reuniones.

- Utilizar medios electrónicos para la realización de gestiones, trámites, etc.

- Trabajar a distancia, en la medida que sea posible.

- No utilizar el transporte público, salvo extrema necesidad y evitar viajar en horas pico.

- No exceder el 50% de la capacidad de los espacios.

- No compartir utensilios, incluido el mate. Cancelar actividades que no sean esenciales (Ejemplo: turnos médicos programados, visitas sociales, etcétera).

Además, se establecieron las indicaciones para cumplir el aislamiento en aquellos pacientes confirmados o sospechosos de haber contraído el COVID-19:

- No salir del domicilio.

- No recibir visitas.

- Permanecer en una habitación individual, preferentemente con ventilación. Evitar transitar por zonas comunes de la casa, si fuera estrictamente necesario hacerlo con barbijo quirúrgico o común.

- Evitar el contacto estrecho con otras personas (distancia mínima de 1 metro).

- Lavarse las manos con agua y jabón o alcohol en gel periódicamente.

- Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar pañuelo descartable (desechar inmediatamente).

- No compartir utensilios de cocina (plato, vaso, cubiertos), mate y utilizar elementos de aseo de forma exclusiva (jabón, toalla).

- Ventilar los ambientes. Limpiar y desinfectar las superficies y objetos de uso frecuente (especialmente mesas, mesadas, sillas, escritorios de trabajo y otros utilizados diariamente como picaportes y teléfono celular) de la siguiente manera: 1. Lavar con una solución de agua y detergente 2. Enjuagar con agua limpia 3. Desinfectar con una solución de 10 ml (2 cucharadas soperas) de lavandina de uso comercial en 1 litro de agua.

Actividades exentas

El decreto deja exentas de su cumplimiento a algunas actividades específicas.

Se trata, principalmente, de los servicios básicos, a las relacionadas con el abastecimiento para la población durante el aislamiento preventivo y con la seguridad.

Las 24 excepciones están mencionadas en el artículo 6 del decreto que dice: "Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios".

A continuación las excepciones mencionadas por el presidente Alberto Fernández:

Personal de Salud,  Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales y municipales. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

 Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena  de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Quienes deban asistir a personas con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; personas mayores; niños, niñas y adolescentes.

Quienes deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. No se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios, y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas, y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección de basura y residuos. Transporte y tratamiento de residuos peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajero, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Casa de la Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA considere imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos

 

COMENTARIOS