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NUEVA ORDENANZA

Tránsito: en la ciudad ya se pagan multas con tareas comunitarias

Entró en vigencia recientemente una normativa aprobada por el Concejo Deliberante que permite subsanar las infracciones con distintas actividades en instituciones y que apelan a la concientización.

Con la ordenanza municipal N°7602, sancionada el pasado mes de agosto por el Concejo Deliberante de Junín, los infractores de tránsito podrán realizar tareas comunitarias para resarcir sus multas, siempre que el juez lo avale, en la medida de la infracción.
Laura Rosales, que se desempeña en el Juzgado de Faltas N°2, a cargo de la Dra. Emilia Schonfeld, dialogó con Democracia sobre los alcances de esta normativa así como también sobre las infracciones por alcoholemia, un capítulo aparte, y las multas más frecuentes en la ciudad.

Tareas en la comunidad
Las infracciones de tránsito que se cometen en la ciudad cuentan con la posibilidad de ser resarcidas mediante la realización de tareas en distintas dependencias locales, tal y como lo indica la ordenanza municipal sancionada recientemente.
“Una vez que sale el fallo y se notifica al infractor, se le da la posibilidad de presentarse dentro de los cinco días hábiles y existe la posibilidad de realizar tareas comunitarias”, explicó Rosales.
Por el monto de la multa, el infractor podrá realizar las tareas en la ciudad.
“Podrá hacerlo en todas las dependencias que sean municipales y en establecimientos educativos y también en el hospital o en alguna salita (Caps). La posibilidad de realizar estas tareas las evaluará la jueza, de acuerdo a las infracciones que posea la persona”, explicó Rosales.
Asimismo, destacó que “se incluye la posibilidad de concientizar y que la gente pueda, devolver a la ciudad, a través de su colaboración, pagando la multa de esa manera”.
La ordenanza municipal prevé tareas no remuneradas en solidaridad con la comunidad y en su artículo 23 establece que deberán presentarse una vez notificada la sentencia, en cinco días, para realizar las tareas.
Según Rosales, “ya se ha comenzado y muchos han solicitado hacer tareas comunitarias”, a cambio de resarcir su multa.

Multas más frecuentes
El monto de las multas se calcula en Unidad Fija (que se determina por el precio de la nafta de mayor octanaje) y  en nuestra ciudad es de $29,98, que según indicó Rosales, se mantiene desde hace algunos meses.
Las multas más frecuentes, y graves, referidas por la profesional del Juzgado de Faltas incluyen cruzar semáforo en rojo, circular en contramano y girar a la izquierda.
“Cruzar un semáforo en rojo cuesta $8994 pesos, es una de las multas más graves y con pago voluntario quedaría en $4497, ya que sigue vigente el descuento. El mismo monto tienen circular en contramano y girar  a la izquierda”, explicó.
La multa por falta de VTV alcanza también los $8994 “y es la única infracción que se absuelve si se presenta la VTV apta”.
Para el caso de la licencia vencida, según explicó Rosales, “dependerá de la fecha en que hubiere vencido. Si superó los 90 días será de $8994”. 
Hablar por celular al manejar conlleva una multa de $1499, con un pago voluntario de $749.50. El mismo valor tiene la infracción por no llevar casco. Lo mismo será para el caso de estar mal estacionado.

Alcoholemia, falta grave
Asimismo, ya se aplican los nuevos valores de alcoholemia, una infracción grave que cuesta $8994 y en todo momento se debe realizar el curso de capacitación que se realiza en el CPA.
Actualmente la escala de alcoholemia positiva bajó a 0,40 (era 0,50). Para el caso de conductores de motos es 0.20 (era 0.79).

Circulación en la ciudad
La normativa también establece velocidades máximas permitidas para la circulación de automóviles, bicicletas, motocicletas, ciclomotores y cualquier otro tipo de vehículos o rodados similares, en la vía pública.
- Arterias de circulación en ambos sentidos (doble Mano) y avenidas: 40 Km/h de velocidad.
- En calles: 30km/h
- En calles donde estén ubicados Colegios, Jardines de Infantes, Clubes deportivos, Institutos Educativos, Institutos de Salud y plazas: 20 Km/h de velocidad en toda la cuadra;
- En vías con semaforización coordinada: la velocidad de coordinación de los semáforos que determine la Dirección de Movilidad de la Municipalidad de Junín o aquella que la reemplace en el futuro; 
- En las vías con dispositivos de reducción de velocidad, coordinados o no, la velocidad máxima que determine la Dirección de Movilidad de la Municipalidad de Junín o aquella que la reemplace en el futuro, conforme las características y entorno del lugar. Caso contrario, regirán las velocidades máximas de los incisos 1 y 2 del presente Artículo. 
- En vías dentro del área residencial extraurbano con características de circulación de doble mano y de tierra: 30 km/h de velocidad.

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