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Peligra la ley de pirotecnia cero.
SEGÚN EL FALLO, JUNÍN Y OTROS 18 DISTRITOS DEBEN CAMBIAR LA REGLAMENTACIÓN

Municipios podrían enfrentar juicios si no cambian las ordenanzas de pirotecnia cero

La Suprema Corte de la Provincia declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de vender explosivos. Sin embargo, la secretaria de Gobierno de esta ciudad, Agustina De Miguel, afirmó: “Existe la ley nacional que le da una herramienta al municipio para que pueda reglamentar”.

Un mes atrás la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional una ordenanza del partido de General Alvarado donde se declaraba y prevalecía la Pirotecnia Cero.
Esta decisión judicial dejó abierta la puerta para que 19 municipios deban cambiar su reglamentación local. Y entre estos distritos, se encuentra Junín, que cuenta con una ordenanza municipal que regula el uso de la pirotecnia.  
Sin embargo, en diálogo con Democracia, la secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Junín, Agustina De Miguel, afirmó: “La misma ley nacional le permite a cada municipio reglamentar el uso, en caso de que se ocasionen perjuicios o alteración del orden. Nosotros utilizamos la herramienta que esa ley nos dio. Acá no se trata de limitar el comercio o los derechos de los ciudadanos de Junín, y es lo que menos busca el Concejo Deliberante, ya que apuntamos a generar un equilibrio”.   
En la vereda de enfrente, desde la empresa de pirotecnia Cienfuegos explicaron que intentarán consensuar con cada comuna. En caso de no llegar a una arreglo se “aplicará con todo el peso de la ley”, lo que significaría una demanda a la comunidad.

Una persona adulta que está durmiendo en su casa y que de repente le tiran una bomba de estruendo en la vereda puede tener un paro cardíaco y ha ocurrido en Junín. Agustina De Miguel. Secretaria del Municipio de Junín

“Vamos a ir caso por caso buscando una posición consensuada. Si no accedemos haremos acatar el fallo”, indicó Alejandro Paolini, vocero de Cienfuegos. “Por ejemplo, con el municipio de General Pueyrredón se trabajó en una ordenanza consensuada”, graficó.
Fuentes especializadas explicaron que el fallo celebrado el 18 de septiembre de este año por la Corte Suprema de la Provincia tiene una aplicación automática para todo el territorio bonaerense y da un plazo de seis meses para cambiar el ordenamiento jurídico local.
El máximo tribunal bonaerense declaró inconstitucional la Ordenanza N° 220/15 de la Municipalidad de General Alvarado donde se establece la prohibición del uso de pirotécnica
En la Provincia hay 19 municipios que tienen ordenanzas similares y que deberán readecuarse: Avellaneda, Bahía Blanca, Berisso, Berazategui, Bragado, Chascomús, Chivilcoy, Coronel Rosales, Coronel Pringles, Florencio Varela, General Alvarado, Junín, Lezama, Rivadavia, San Pedro, Ramallo, Olavarría, Salliqueló y Quilmes.
La empresa Cienfuegos estaría dispuesta a dejar de vender los 14 productos que generen mayor sonoridad en esos distritos y establecer zonas y horarios seguros: por ejemplo no tirar pirotecnia cerca de un hospital. “El objetivo de la compañía es trabajar en una reglamentación que deje conforme a la empresa y también a los concejos deliberantes”, explicaron.
Desde la empresa, indicaron que no tienen una estrategia judicial global, y han decidido negociar municipio por municipio. En caso de no encontrar voluntad comenzaran los cruces judiciales donde se evaluará contra quién se accionará: intendente, municipio o concejales. “Si no cumplen se aplicará todo el peso de la ley”, enfatizó el vocero.
Los honorarios de estas demandas corren por parte de los distritos, y la empresa podría reclaman un resarcimiento económico por el tiempo que no pudieron vender sus productos. La resolución de la Suprema Corte de la Provincia transforma en prácticamente un hecho la derrota de los municipios frente a este tipo de demandas. De generarse esta resolución, las localidades enfrentarían un gasto extraordinario, justo en el momento donde todos los intendentes observan la letra chica de su presupuesto para decidir qué reducir.



“El municipio puede reglamentar”
“La Corte Suprema atendió una causa que le tocó y dictaminó sobre la inconstitucionalidad de una ordenanza municipal de Alvarado que hacía de una prohibición absoluta de la pirotecnia en ese distrito bonaerense. Otra vez estamos con este tema de las costumbres de los pueblos y ciudades”, precisó De Miguel.
“En este país hay una ley nacional que regula sobre el uso de armas y explosivos. Y como toda ley, necesita de una reglamentación que se determina mediante un decreto. Ese decreto reglamentario faculta a las municipalidades para reglamentar sobre el uso de  los artificios de venta libre”, explicó. 
Esa legislación cuenta con un apartado que indica que se podrá vender en la medida que eso no genere perjuicios a terceros ni altere el orden. 
“Por otra parte está la ley orgánica, la norma que rige en las ciudades de la Provincia también, le da amplias facultades al Concejo Deliberante para que reglamente en temas como salubridad, sanidad y puntualmente en este tema de la pirotecnia. El Poder Legislativo tiene posibilidades de reglamentar en la materia”, aseguró.

Espectáculos públicos
“En el caso de espectáculos públicos, puede reglamentar sobre determinados aspectos que puedan alterar la salud pública, física o psíquica de las personas, del mismo modo, sobre todo aquello que haga a la protección de los animales”, continuó De Miguel.
“En nuestro caso decidimos reglamentar porque fue pedido por grupos de proteccionistas, familiares, conocidos o personas que se preocupan porque tienen  familiares con asperger o autismo; o quienes están cerca de personas de la tercera edad”, sostuvo.
“Una persona adulta que está durmiendo en su casa y que de repente le tiran una bomba de estruendo en la vereda puede tener un paro cardíaco y ha ocurrido, ya que en una mesa de diálogo preparando la primavera, una joven contó que le ocurrió eso a su abuelo”, subrayó.
“Los veteranos de Malvinas han expresado su voz en ocasiones de que salga la ordenanza y ahora lo están haciendo en los medios de comunicación”, concluyó.

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