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CONSUMO ENERGETICO

Crece la cantidad de reclamos por la facturación de la luz

En la Oficina de Información al Consumidor municipal se recibió una notificación del OCEBA que establece que el PUREE sea discriminado al final de la factura y no sobre el consumo.

El tema de los incrementos en la tarifa eléctrica sigue generando preocupación y reclamos de parte de usuarios contra la empresa EDEN.
El doctor Claudio Squa-dritto, a cargo de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) dijo ayer que “son muchos” los reclamos de usuarios de la empresa EDEN.
Squadritto dijo que en la oficina a su cargo realizan tareas de asesoramiento a los usuarios, iniciándose expedientes que fueron notificados a EDEN, efectuando los descargos correspondientes.

Planteos de
incompetencia


“Posteriormente, los expedientes son girados a los juzgados de falta ya que la empresa hace un plantel de incompetencia de la oficina, girándolo a la autoridad de aplicación”, dijo el funcionario.
En su descargo, de acuerdo a lo manifestado por el titular de la OMIC Junín, la empresa energética indica que “hace un planteo de incompetencia afirmando que existe una doble imposición en cuanto al juzgamiento que tiene la empresa. La ley prevé que el accionar de la empresa puede ser controlado a través del ente regulador que en este caso es el OCEBA u optativamente puede hacerlo el consumidor ante los organismos de defensa al consumidor, como las OMIC municipales”.
“Al hacer un planteo por esta vía –siguió diciendo Squadritto- la empresa entiende que no corresponde, sino que debe ir por la vía del OCEBA. Ese es el planteo principal que hace la empresa en el descargo que presenta, supletoriamente realiza un descargo respecto al reclamo preciso que efectúa el usuario ya sea por aplicación o el programa de racionalidad de energía eléctrica”.
Indicó que “el monto de la facturación ha sido considerablemente elevada con relación a períodos anteriores” atribuyendo esto a la temporada estival donde se registró “un consumo superior a la media que tiene cualquier usuario en una vivienda y sobre todo en los comercios”.
“Esa diferencia, con la aplicación del PUREE y la carga impositiva, genera un cargo superior al 50 por ciento y en algunos casos, casi el cien por ciento del promedio medio de consumo de un usuario”, explicó Squadritto.

Cortes del servicio

Señaló el titular de la oficina de información al consumidor que “el propio reglamento que regula a EDEN, establece que mientras haya un reclamo pendiente, el usuario no debería sufrir el corte del suministro, pero hubo casos en que la empresa cortó el servicio por falta de pago”.
Ante ello aconsejó que la persona que sufrió el corte recurra al juzgado de faltas ya que la actitud empresarial puede ser considerada como “un agravante en el accionar de EDEN, al no haber respetado la normativa que le prohíbe generar cortes habiendo un reclamo pendiente de resolución”.
“Legalmente correspondería que no se corte el servicio, si hay un reclamo pendiente, pero la empresa entiende otra cosa y por ello efectúa la intimación previa del corte de suministro y luego el retiro del medidor”, señaló Squadritto.
En caso de recurrir a la OMIC, el usuario recibe el asesoramiento. “Explicamos –indicó-que hay una resolución que está vigente con lo cual la aplicación es legal. Posteriormente debe ser considerada judicialmente su constitucionalidad y los juzgados de falta deben decidir si está bien o mal aplicada la resolución”.

Modificaciones

Comentó que desde el OCEBA recibió una información sobre posibles modificaciones a la aplicación del PUREE, una de las cuales establecería que “los cargos adicionales por el uso y facturación adicional a los períodos base que se consideren desde el año 2005, sufrirán una diferenciación en cuanto a que se aplicarán en la finalización de la factura, no por el consumo. Lo que no se podrá hacer más es aplicar la carga impositiva por sobre el consumo y el PUREE, el que será discriminado al final de la factura”, especifícó Squadritto.

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