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ENFOQUE

La Justicia, ante el drama de la violencia de género

El ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, fue más que didáctico a través del suplemento “Justicia en Primera Persona”, donde sostuvo que el cambio social ante el creciente y preocupante flagelo de la violencia de género se producirá mediante la educación en los distintos niveles de enseñanza, así como también incorporando la problemática a los cursos prematrimoniales. Compartimos ese criterio y lo hemos puesto de manifiesto en cada oportunidad que hemos tenido, haciendo la aclaración de que desde el Poder Judicial -tanto desde el Fuero de Familia como del Penal- se atacan sólo los efectos del delito pero no sus causas. Estas deben ser analizadas y abordadas desde otras disciplinas a través de la acción del Estado, para llegar a la génesis de su producción. Y la prevención es la primera herramienta necesaria que hoy no se advierte. No obstante, también es cierto que desde la Justicia debemos plantearnos rápidamente qué y cómo hacer con tanta violencia de género en crecimiento.

Cada causa, un mundo
Cuando hablamos sobre el contenido de la Convención de Belem do Pará y su influencia en nuestra legislación interna, como también en la actuación judicial, hemos puesto reparos sobre la aparente imposición de llevar a juicio y condena en todos los casos en que exista una denuncia penal por violencia de éste tipo. Cada causa es un mundo diferente y cada imputado y cada víctima también. La violencia se puede tratar, y si en la investigación penal existe una recomendación médico-pericial al respecto, debe darse prioridad a ella -siempre, claro está, salvaguardando a la víctima en primer lugar- a través de herramientas alternativas a la pena, como por ejemplo el instituto de la Probation.
Sabemos desde el ámbito judicial que las medidas que se puedan adoptar no garantizan que el agresor detenga definitivamente su escalada de violencia ascendente sobre la víctima. Las herramientas que se pueden utilizar desde ambos fueros judiciales, tienden a prohibir contacto entre ellos o a fijar una exclusión perimetral con restricción de acercamiento. No obstante hemos visto infinidad de veces cómo han vuelto a atacar a sus víctimas llegando inclusive al femicidio. Las características de éste tipo de delitos, enraizados con la cultura machista que aflora en casi todos los niveles de la sociedad argentina, tiene que ver directamente con el problema, porque el sujeto no se plantea el efecto de la amenaza de una severa penalidad, pues sólo piensa en “castigar” o “disciplinar” a su víctima, que no hace lo que él considera que debe hacer. La “cosificación” del otro como desnaturalización de su humanidad, pretende tener el control directo sobre la otra persona, no reconociéndole libertad de elección. Este cuadro se agrava definitivamente cuando la víctima decide denunciar ante la policía o la justicia al agresor: allí sobrevendrá casi con selguridad una andanada de reacciones violentas porque el sujeto considera haber sido “traicionado” y actúa por la venganza y el escarmiento. ¿Esto quiere decir que afirmo una total imposibilidad de aportar soluciones desde la justicia penal? De ninguna manera, por el contrario, creo que se deben adecuar mejores sistemas de trabajo donde interactúen los distintos operadores de cada fuero en forma mancomunada, cada uno en su esfera propia pero disponiendo medidas que en conjunto actúen como frenos de contención sobre la situación planteada.

Denuncias acumuladas
Para los supuestos donde las denuncias penales lleguen a la instancia del juicio oral -o del juicio abreviado- creo que ha llegado el momento de darle la mayor importancia a la anterior o anteriores denuncias que la víctima seguramente ha realizado contra su agresor, porque éstas no surten efectos rápidos y al repetirse van creciendo en violencia, hasta la más trágica determinación: el asesinato. La jueza platense Carmen Palacios Arias ha dicho públicamente que “no se pueden seguir minimizando las denuncias de violencia de género”. Al mismo tiempo, el juez de Garantías platense Juan Pablo Masi se refirió al preocupante aumento de éste tipo de delitos en nuestra región. Tendrá que encontrarse una manera más ágil para que cuando existan varias denuncias de una persona contra la otra por violencia de género, se acumulen rápidamente y ello tenga consecuencias directas sobre la restricción de cualquier beneficio procesal del imputado. Esa reiteración de conductas, si bien en la etapa de instrucción todavía no permite hablar de culpabilidad, debe prender la alarma de una potencial situación de agravamiento que debemos intentar detener.

Detención obligatoria
Además de las medidas que se cuentan actualmente, debería existir una legislación expresa que determinará la obligatoriedad de detención para los sujetos activos. Hay que construir diques legales de contención mucho más rápidos y efectivos para detener los ataques, que insisto, la experiencia nos demuestra que son cada vez más violentos. Y desde la ciencia jurídica, tendrá que abastecerse un enfoque diferente de estas reiteraciones agresivas que pueda ser receptado por nuestros fiscales y jueces para generar una jurisprudencia más contundente en el mismo sentido de rigidez.
Cuando existen este tipo de situaciones entre el mismo imputado y la misma víctima, el autor incurre en lo que la doctrina penal denomina “delito permanente o continuado”, pues en ésta sucesión de pleitos advierto que se realiza una conducta típica (una actividad voluntaria de amenazar o agredir a la víctima) pero que difiere el resultado en el tiempo, por ende no existe consumación. De tal manera, las reiteradas agresiones y amenazas que se han ido denunciando, no finalizan el objetivo de la conducta inicial del sujeto. Esto podemos verlo con absoluta claridad en el asesinato femicida. El sujeto ha amenazado y agredido varias veces, pero consuma su accionar cuando mata a su presa. En fin, debemos analizar e intentar agilizar de la mejor manera posible la maquinaria judicial, aunque repito, no debe pensarse que con ella se peleará definitivamente el flagelo. Es solo una cara de la moneda. En éstos días y con relación a la Sra. Claudia Schaefer degollada en un Country por su esposo, ésta había acudido días antes de la tragedia a la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema Nacional, y los profesionales que la atendieron entendieron que en su denuncia existía “bajo riesgo de agresión”..... Los señores legisladores que declaman su preocupación por esta problemática, deben y pueden poner manos a la obra a la tarea legislativa que les compete dando vida a una legislación más aceitada con la realidad. <

(*) Fiscal de Instrucción y Juicios Orales de La Plata.

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