None
SANCIONADO MEDIANTE LA LEY 26.994

Nuevo Código Civil: cambios claves que impactan en la vida cotidiana

Comenzará a regir a partir de mañana; las modificaciones se relacionan con el nacimiento, nombres, divorcios, adopciones, tener hijos e incluso morir.

A partir de mañana entrará en vigencia el nuevo Código Civil de la Nación y según las palabras de su ideólogo, el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, la nueva ley significa  a la vida privada lo que la Constitución Nacional es a la pública. Esta normativa trae cambios que intentan aggiornarse al modo de vida de la sociedad actual.
Entre los cambios más significativos que modificarán la vida cotidiana de los argentinos, se encuentra la noción de “cuándo inicia la vida” que según el nuevo Código comienza desde el encuentro fructífero entre el espermatozoide y el óvulo, dentro o fuera del seno materno.
En cuanto al “nombre y apellido”, desde ahora los padres podrán ponerles a sus hijos hasta tres nombres. Otro punto también relacionado a los hijos implica que al presente se les reconoce el “derecho a ser escuchados” no sólo ante un juez, además en procesos que los involucre. Los adolescentes podrán desde los 13 asentar consentimiento para ciertos trámites médicos o para salir del país. Por su parte desde los 16 podrán realizarse prácticas médicas invasivas sin consentimiento de sus padres.
Algunos criterios que también alcanzan la vida familiar son: el concepto de “tenencia” de los hijos y se reemplaza por el de “cuidado”. Ya no se habla de “patria potestad”, sino de responsabilidad parental. Tampoco de padre o madre sino de vínculo filial. No hay más un régimen de visita, sino un sistema de comunicación.  
La vida en pareja, previa al casamiento, durante o la de aquellos que no concreten un acuerdo civil, también se ve fuertemente afectada. Así, brevemente, la fidelidad desaparece como deber conyugal y la infidelidad, como causal de divorcio. Las personas que se casen podrán elegir si desean vivir juntas y si comparten sus bienes. Quienes decidan no contraer matrimonio podrán firmar un acuerdo de convivencia y determinar qué le toca a cada uno si se separan. Para divorciarse alcanzará con que uno de los dos quiera, y desaparecen las causas y los plazos.
Por último, cambia la concepción de “morir”, (entre otros) desde mañana la ausencia de una persona de su domicilio sin que se tenga noticia de ella por tres años permite presumir su muerte.

COMENTARIOS