La ordenanza Nº 6.444

La ordenanza 6.444 aprobada el 5 de diciembre de 2013, autoriza la venta del predio “a efectos que el adquirente lleve adelante la ejecución de una urbanización destinada a la logística empresaria”.
Asimismo, establece que “el precio de venta será fijado conforme la tasación del Banco de la Provincia de Buenos Aires”, y será abonado con “un pago inicial de no menos de 300.000 pesos; 20 cuotas mensuales y consecutivas de $ 20.000 cada una”. El saldo que reste “podrá ser satisfecho en moneda de curso legal; en metros cuadrados, mediante la construcción de un centro de transferencia, o cualquier otro desarrollo de infraestructura dentro del Parque Logístico; o en su caso mediante una intervención urbanística en algún punto de la ciudad; lo que el municipio considere adecuado”.
Y señala que “la valuación, de los bienes entregados en pago por el saldo de precio de venta, también serán valuados por el Banco Provincia o las dependencias municipales competentes”.

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