Qué dice la ley sobre la tenencia de los hijos

El marco legal sobre la tenencia de los hijos tiene sus raíces en 1869, cuando se promulgó el Código Civil.
Allí se estableció que los niños menores de 5 años debían quedar “siempre a cargo de la madre”.
 En 1968, al modificarse el Código, se agregó que después de esa edad debían quedarse con el cónyuge declarado inocente en la separación (no existía la Ley de Divorcio). Finalmente, en 1987 se dictó la ley 23.515 que, en el artículo 206 establece una excepción: “Quedarán a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del menor”, como por ejemplo maltrato o prostitución.
¿Qué pasa con los chicos mayores de 5 años? A falta de acuerdo, quedan con quien el juez considere más idóneo.

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