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HAY REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR PARA TENER LEGITIMIDAD

Polémica por las fotomultas que labra la Municipalidad en rutas nacionales

Ante la llegada de las boletas con infracciones sobre las calzadas de las carreteras 7 y 188, varios conductores iniciaron apelaciones. En tanto, Vialidad Nacional advirtió sobre las especificaciones técnicas que deben cumplir los aparatos y la autoridad interviniente.

La polémica por las fotomultas en Junín ya llegó al terreno judicial. Es que más allá de la discusión de quienes están a favor o en contra de este tipo de controles, una gran cantidad de conductores que recibieron las boletas con infracciones en las rutas nacionales 7 y 188 decidieron poner el asunto en manos de abogados e iniciar apelaciones.
El principal cuestionamiento es la presunta falta de competencia de la Municipalidad de Junín para labrar infracciones sobre estas rutas, de jurisdicción nacional. Y, en segundo lugar, la manera en que se lleva a cabo.

En primera persona

Walter Rosetti fue uno de los juninenses a los que les llegó una de las polémicas fotomultas por exceso de velocidad en una ruta nacional. En su caso, fue por pasar a 57 kilómetros por hora sobre la 188 a la altura del cruce con Libertad, en un lugar donde según la Municipalidad la máxima es de 40.
“No está señalizada. Hay un solo cartel que apenas se ve. Aparte que me parece incorrecta la velocidad para una ruta nacional”, dijo el vecino, en diálogo con Democracia.
Rosetti explicó que en la zona en donde le fue tomada la fotografía cuando circulaba en su Ford Falcon, pasó de circular sin tener un límite de velocidad máxima –en rutas es 120–, a verse obligado a reducir de repente la marcha a 40.
“La foto me la sacaron 100 metros después del cartel”, dijo.
El conductor denunció además una “incoherencia” en las señalizaciones, ya que luego de la abrupta reducción de velocidad a 40 kilómetros por hora que marca el cartel, “a 150 metros hay uno que dice 60. Y a 100 metros más vuelve a decir 40 y después hay una rotonda. Creo que es incorrecto. No podés ir en una ruta, frenar a 40, después 60 y 40 de nuevo”, se quejó.
“Yo puse un abogado para hacer un descargo y lo invitamos al juez de faltas a que vaya y verifique los carteles en la rotonda”, afirmó Rosetti.
El hombre explicó además que en el momento en que se le hizo la infracción, 100 metros después del primer cartel, no iba tan “rápido”.
“Venía a 57, frenando y con un auto adelante. Teóricamente, en el manual dice que en las rutas se debe circular como mínimo a 60 kilómetros por hora”, afirmó.
“En avenida de Circunvalación te piden que andes a 60 y en una ruta nacional a 40. Es incorrecto”, dijo.
Como Rosetti, ya hay una larga lista de personas a las que les llegó la notificación por una infracción y decidieron apelar la medida mediante abogados.
Según varios testimonios que llegaron a este diario, también hay presentaciones judiciales por multas tomadas sobre la Ruta Nacional 7 a la altura del Junín Golf Club o en la 188 a la altura del peaje de Roca. Los reclamos no son sólo de juninenses, sino de gente que de forma eventual transitaba por una de esas rutas y ya recibió en su domicilio una de las boletas con infracciones.
Rosetti también denunció que “sobre la ruta 188, desde la rotonda de avenida República hacia Circunvalación, en sentido Junín hacia Roca, no hay ningún tipo de cartel que indique velocidad máxima.  En ese tramo también están haciendo fotomultas y no hay cartel”, dijo.

Qué dice Vialidad

Ante la consulta de Democracia, funcionarios de Vialidad Nacional explicaron una serie de requisitos que deben cumplirse para poder aplicar una multa sobre rutas de su jurisdicción.
”En primer lugar la aparatología utilizada debe contar con un certificado expedido por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). No hay radar que no lo tenga que sea legal”, dijo una calificada fuente de ese organismo público.
Además, los dispositivos también deben cumplir con la reglamentación metrológica de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la Nación. “Esto es para verificar que si el aparato dice que voy a 93 kilómetros por hora, efectivamente voy a 93”, afirmó.
En Vialidad Nacional explicaron que en las rutas federales, desde la línea divisoria de la calzada y 100 metros hacia cada lado, el dominio es de Vialidad Nacional. “Para la instalación de aparatología fija tiene que haber una autorización por escrito. Vialidad otorga permisos precarios por un año, que luego deben contar con la aprobación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Si un aparato tiene una autorización de hace tres años, ya no es válido”, explicó un funcionario de la subgerencia de Asuntos Jurídicos de dicha cartera.
Y en el caso de los radares móviles, por el que surgieron los reclamos de los automovilistas juninenses, los dispositivos también deben contar con la aprobación del INTI, metrología de la Secretaría de Comecio, y la aplicación de los controles y tener el visto bueno de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
En este caso, al no realizar ninguna instalación en dominio de Vialidad Nacional, no se necesita la habilitación de la obra.
En carne y hueso
Pero las fuentes advirtieron un requisito que según distintos relatos parece incumplirse.
“En el caso de los radares móviles siempre tiene que intervenir un agente físico. No hay multa que valga que diga que ‘tal dispositivo certifica que usted iba a tal velocidad’. Tiene que ser un agente autorizado, de carne y hueso, el que da cuenta de la infracción”, explicaron en el Ministerio de Transporte de la Nación ante una consulta de este diario.
“Después de tomar la fotomulta, tienen hasta 10 kilómetros para detenerte y notificarte sobre la infracción”, sostienen en Vialidad Nacional.

Es ley

Este requerimento está contemplado en el artículo 70 inciso 3 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
Dicho artículo establece: “Deberes de las autoridades. Las autoridades pertinentes deben observar las siguientes reglas: a) En materia de comprobación de faltas: 1. Actuar de oficio o por denuncia; 2. Investigar la posible comisión de faltas en todo accidente de tránsito; 3. Identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia inmediata a la que pertenece; 4. Utilizar el formulario de acta reglamentario, entregando copia al presunto infractor, salvo que no se identificare o se diere a la fuga, circunstancia que se hará constar en ella”.

Datos en las boletas

En cuanto a las boletas de infracciones, también hay una serie de pautas legales que se deben cumplir para que tengan validez.
“Debe constatar el tipo de dispositivo, marca, modelo y chapa; mencionar qué control tiene hecho (INTI); cumplir con la reglamentación de metrología de la Secretaría de Comercio; y los datos del agente municipal con nombre, número de chapa y que verificó que el supuesto infractor iba a X velocidad”, afirmaron en la subgerencia de Asuntos Jurídicos.
Pero en distintas fotomultas a las que pudo acceder este matutino, la información es confusa.
En primer lugar, las constancias de las supuestas infracciones cuentan con un membrete compartido por los logos de “Junín Gobierno Local” y “Buenos Aires La Provincia”, para casos en los que deben intervenir organismos nacionales.

Convenio

Al anunciar el comienzo de los controles con fotomultas, la Municipalidad de Junín, a través del secretario de Gobierno Mauro Gorer, argumentó que por un convenio con la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) y la Provincia de Buenos Aires, comenzarían a realizar controles “con cinemómetros fijos y móviles en diferentes arterias de la ciudad y en las rutas provinciales y nacionales que también tendrán como objetivo controlar las velocidades”.
Pero según la reglamentación vigente, ni la Provincia de Buenos Aires ni la UTN cuentan con la autoridad para habilitar la realización de estas infracciones en rutas nacionales.
“Entendemos que toda esta tecnología ayuda a fortalecer todas las políticas públicas que llevamos adelante, hay veces que con los recursos humanos no alcanza entonces estas herramientas vienen a suplir esas falencia y a realizar un control más genuino ya que a partir de una foto se elimina cualquier tipo de pretexto o de explicación ante el pago de multa. Son sistemas homologados por la provincia, la UTN y la Nación. Así que esperamos que de esta forma se fortalezca y mejore el tránsito. Con estas medidas apuntamos a hacer un tránsito más seguro en nuestra ciudad”, dijo Gorer. 

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